Orden INT/591/2022, de 24 de junio, por la que se modifica la Instrucción técnica complementaria número 26, "Manifestaciones festivas con uso de armas de avancarga", del Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden INT/591/2022, de 24 de junio, por la que se modifica la Instrucción técnic ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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La Orden INT/591/2022 modifica esta norma para adaptarla a las condiciones de transporte de explosivos, que no permiten celebrar eventos en días inhábiles. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 591/2022, de 24 de junio de 2022, modifica la Instrucción técnica complementaria número 26 (ITC 26) del Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero. Esta modificación se realiza en virtud de la necesidad de adaptar el marco normativo a las condiciones de transporte de explosivos, que no permiten la celebración de eventos en días inhábiles. La ITC 26 establecía que los participantes activos podían almacenar, en domicilios particulares y dentro de cantimploras precintadas, un máximo de 2 kg de pólvora por porteador o porteador-tirador por acto, durante un periodo máximo de 72 horas desde el inicio del reparto hasta el inicio del último acto de arcabucería asociado a cada reparto. Esta norma se modificó para ampliar el periodo de almacenamiento a 96 horas. El cambio se aplica a todos los actos de arcabucería, salvo en aquellos casos en los que el trasvase y reparto de pólvora se realice con uno o varios días de antelación a los actos, por exigirlo la reglamentación del transporte de explosivos. En estos casos, el cómputo de 96 horas se iniciará en el día y hora del comienzo del primer acto de arcabucería, previo informe favorable de la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia de la Guardia Civil. La modificación se realiza en los párrafos 2º y 3º del apartado 6.4 de la ITC 26, redactándose en los siguientes términos: «Los participantes activos podrán almacenar, en los domicilios particulares y dentro de las cantimploras precintadas, un máximo de 2 kg para cada porteador o porteador-tirador por acto, durante un periodo máximo de 96 horas desde el inicio del reparto de pólvora hasta el inicio del último acto de arcabucería asociado a cada reparto. Excepcionalmente, previo informe favorable de la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia de la Guardia Civil que por demarcación corresponda, en aquellas poblaciones en las que el trasvase y reparto se tenga que realizar con uno o varios días de antelación a los actos de arcabucería, por así exigirlo la reglamentación del transporte de explosivos, el cómputo de 96 horas se podrá iniciar en el día y hora del comienzo del primer acto de arcabucería.» Esta modificación busca facilitar la celebración de manifestaciones festivas, reduciendo el número de transportes de explosivos necesarios y, por tanto, mejorando la seguridad ciudadana. La orden fue informada favorablemente por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 591/2022 modifica la ITC 26 del Reglamento de Explosivos para ampliar el periodo de almacenamiento de pólvora en domicilios particulares de los participantes activos. Esta modificación busca adaptar el marco normativo a las condiciones de transporte de explosivos, facilitando la celebración de manifestaciones festivas. La norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la ITC 26**: Se amplía el periodo máximo de almacenamiento de cantimploras precintadas de 72 a 96 horas. ⚠️ **Excepción en días inhábiles**: En casos donde el transporte requiera antelación, el cómputo de 96 horas se inicia en el primer acto de arcabucería. 📋 **Procedimiento especial**: Requiere informe favorable de la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil. ℹ️ **Objetivo**: Facilitar la celebración de manifestaciones festivas y reducir el número de transportes de explosivos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden INT/591/2022 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 24 de junio de 2022 - **Materias**: Seguridad ciudadana, explosivos, armas de avancarga, manifestaciones festivas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden INT/591/2022, la normativa estatal, regulada por el Real Decreto 130/2017, establecía un periodo máximo de 72 horas para el almacenamiento de cantimploras precintadas en domicilios particulares durante manifestaciones festivas con armas de avancarga. Esta norma se alineaba con el marco de la Unión Europea, que también establecía requisitos de seguridad en el uso de explosivos. La modificación introducida por la Orden INT/591/2022 extiende este periodo a 96 horas, adaptándose a las condiciones de transporte de explosivos que impiden celebrar eventos en días inhábiles. Esta actualización refleja una adaptación a la realidad operativa, mejorando la flexibilidad sin comprometer la seguridad.