Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Se establece que los precios de venta al público (PVP) son propuestos por los fabricantes e importadores y se publican en el Boletín Oficial del Estado. La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado la competencia para publicar los precios de venta al público de las labores de tabaco. La resolución detalla los precios de venta al público de distintas categorías de productos. En la Península e Illes Balears, se establecen los precios de cigarros y cigarritos de marcas como Casa de García, Flor de Filipinas y Palmeros, así como de picaduras de pipa como Overdozz y Shisha Kartel. Por ejemplo, el PVP de la marca Casa de García Wide Short (10) es de 1,30 euros, mientras que el de las Coronas de Flor de Filipinas (25) es de 0,45 euros. En el caso de envases, el PVP de las Coronitas de Flor de Filipinas (el envase de 5) es de 2,00 euros, y el de los Robustos (el envase de 3) es de 1,20 euros. En Ceuta y Melilla, los precios de las picaduras de pipa incluyen marcas como Haze y Overdozz, con precios que oscilan entre 2,50 y 2,80 euros por unidad. Por ejemplo, el Haze B.O.F (50 g) tiene un PVP de 2,50 euros, mientras que el Overdozz Sex With an Ex (50 g) tiene un PVP de 2,80 euros. La resolución establece que los precios incluyen los diferentes tributos aplicables, lo que significa que los precios publicados son los finales que los consumidores pagarán al adquirir los productos. Además, se indica que la presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma tiene carácter vinculante para los establecimientos autorizados, quienes deben aplicar los precios publicados en sus ventas. El Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero, es el firmante de la resolución, lo que confiere autoridad legal a los precios establecidos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece los precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, en cumplimiento de la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y entran en vigor al día siguiente de su publicación. Los establecimientos deben aplicar los precios publicados. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de precios**: Se establecen los precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Cumplimiento legal**: Los precios se publican en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. 📋 **Aplicación obligatoria**: Los establecimientos autorizados deben aplicar los precios publicados en sus ventas. ℹ️ **Entrada en vigor**: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 9 de septiembre de 2022, del Comisionado para el Mercado de Tabacos - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 9 de septiembre de 2022 - **Materias**: Mercado de tabacos, precios de venta al público, tributos, regulación del monopolio - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, los precios de venta al público de las labores de tabaco estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, con competencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Sin embargo, antes de 2022, no existía una publicación específica de los precios en las Comunidades Autónomas, lo que generaba una falta de transparencia y homogeneidad. Esta norma introduce una regulación más detallada y territorial, estableciendo precios en cada CCAA, incluyendo Ceuta y Melilla, lo que mejora la claridad y permite un control más eficaz del mercado, alineándose con la normativa europea que exige mayor transparencia en el sector del tabaco.