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Resolución de 5 de agosto de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2022-13239Publicada: 06/08/2022MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 5 de agosto de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mer ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo los tributos aplicables. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en virtud de la Ley 13/1998, que ordena el mercado de tabacos y la normativa tributaria. La Resolución establece los precios de venta al público (PVP) propuestos por fabricantes e importadores, aplicables en distintas zonas geográficas. La publicación se realiza en el Boletín Oficial del Estado, con entrada en vigor el mismo día. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 5 de agosto de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado la competencia para fijar dichos precios. En el primer apartado, se detallan los PVP de las labores de tabaco en la Península e Illes Balears, incluyendo cigarros, cigarritos y picaduras de pipa. Por ejemplo, los cigarros "Mini Robustos M (10)" tienen un PVP de 1,40 euros, mientras que los "Torpedos M (10)" ascienden a 1,80 euros. Para la marca "Signature", el "Signature Finos Filter Beige (20)" tiene un PVP de 0,21 euros. En el segundo apartado, se establecen los PVP para Ceuta y Melilla, donde el "Signature Finos Filter Beige (20)" tiene un precio de 0,19 euros. Estos precios incluyen todos los tributos aplicables, según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 13/1998. La Resolución establece que los precios se aplicarán en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, y que la norma entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El texto finaliza con la firma del Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero. La norma no establece nuevas obligaciones ni derechos, sino que simplemente publica los precios fijados por los fabricantes e importadores, en cumplimiento de la normativa vigente. No hay disposiciones que modifiquen el marco legal existente, sino que se limita a la aplicación de lo previsto en la Ley 13/1998. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica los precios de venta al público de labores de tabaco en distintas zonas geográficas, en cumplimiento de la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y se aplican en Expendedurías de Tabaco y Timbre. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de precios de venta al público**: Se establecen los precios de labores de tabaco en distintas zonas geográficas. ⚠️ **Aplicación de tributos**: Los precios incluyen todos los tributos aplicables. 📋 **Vigencia inmediata**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. ℹ️ **Bajo marco legal**: Se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, sin introducir cambios normativos nuevos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 5 de agosto de 2022 - **Materias**: Mercado de tabacos, precios de venta al público, tributos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Precio de venta al público, tabaco, tributos, Ley 13/1998, Expendedurías de Tabaco y Timbre ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Resolución de 2022, los precios de venta al público de los productos de tabaco en España estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, sin diferenciación entre comunidades autónomas ni consideración de las particularidades regionales. En contraste, la norma actual introduce una distinción entre las CCAA, como la Península Ibérica y las Illes Balears, lo que refleja una mayor flexibilidad y adaptación a las realidades locales. Este cambio importa porque permite una mejor armonización entre el marco estatal y las necesidades específicas de cada región, facilitando una regulación más eficaz y equitativa del mercado de tabaco.

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