Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 680/2025, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de propiedad industrial por el Ministerio de Industria y Turismo durante el ejercicio presupuestario 2025.

BOE-A-2025-15943Publicada: 01/08/2025MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** El Ministerio de Industria y Turismo reparte dinero directo este año para ayudar a empresas e inventores en temas de propiedad industrial: patentes, marcas, diseños. No hay concurso competitivo, sino asignación directa según criterios predeterminados. **A quién afecta** Principalmente a autónomos, pymes y empresas que invierten en innovación y protección de sus creaciones. También beneficia a investigadores y centros tecnológicos que registran patentes o marcas. La administración es quien gestiona y supervisa la distribución. **Qué cambia** Agiliza el acceso a financiación para proteger ideas sin esperar a procesos de selección largos. Las empresas pueden obtener subvenciones para gastos de registro, tramitación de patentes, renovación de marcas y asesoramiento técnico en propiedad intelectual. Se simplifican trámites administrativos respecto a convocatorias públicas tradicionales. **Cuándo aplica** Vigencia durante el ejercicio presupuestario 2025 (enero a diciembre). Las solicitudes y resoluciones se tramitan conforme a este calendario, aunque la norma se publica en julio, funcionando retroactivamente para gastos de este año.

💬 Contexto ciudadano

Las subvenciones directas para gastos de propiedad industrial —patentes, marcas, diseños— tienen como objetivo reducir la brecha entre la intención innovadora de las pymes españolas y su capacidad efectiva de proteger sus creaciones en mercados internacionales. La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha señalado reiteradamente que España tiene una tasa de patentabilidad inferior a la media de la UE y muy por debajo de Alemania, Holanda o Suecia. La política de subsidio a tasas de registro sigue modelos ya consolidados en Francia (con su sistema de apoyo INPI) o en Japón (donde las subvenciones para pymes patentadoras son estructurales). La diferencia con la convocatoria ordinaria es la agilidad: las empresas no tienen que esperar resoluciones competitivas y pueden planificar su estrategia de propiedad intelectual con mayor certeza presupuestaria.

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