Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el M ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, según la normativa vigente. 2. **CONTEXTO** La Resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Se establece que los precios de venta al público de las labores de tabaco deben ser publicados anualmente. La norma se aplica a las Expendedurías de Tabaco y Timbre en la Península, las Illes Balears, Ceuta y Melilla. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 14 de octubre de 2022, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que obliga a publicar anualmente los precios de venta al público de las labores de tabaco, incluidos los tributos, en los puntos de venta autorizados. En el primer apartado, se detallan los precios de venta al público de las cajetillas de cigarrillos, como el modelo *Nobel SSL Fresh (20)*, con un PVP de 4,30 euros. En el segundo apartado, se establecen los precios de los cigarros y cigarritos en las zonas de Ceuta y Melilla, incluyendo marcas como *Villiger* y *Branniff*, con precios que van desde 0,12 euros hasta 1,60 euros, según el tipo de envase. En el tercer apartado, se establece que la presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La norma se aplica a las Expendedurías de Tabaco y Timbre en la Península, las Illes Balears, Ceuta y Melilla, y se incluyen los diferentes tributos en los precios de venta al público. No se establecen precios para todas las labores de tabaco, sino solo para las que han sido propuestas por los fabricantes e importadores. La publicación de los precios se realiza con el objetivo de garantizar la transparencia en el mercado y el cumplimiento de la normativa vigente. La Resolución se emite en nombre del Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero, y se publica en Madrid el 14 de octubre de 2022. La norma no establece sanciones ni mecanismos de control, sino que se limita a la publicación de los precios de venta al público, que deben ser respetados por los establecimientos autorizados. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Se basa en la Ley 13/1998 y se aplica a distintas zonas geográficas. Los precios incluyen los tributos y son propuestos por los fabricantes e importadores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de precios**: Se establecen los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Aplicación territorial**: Los precios se aplican en la Península, las Illes Balears, Ceuta y Melilla. 📋 **Bases legales**: Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. ℹ️ **Vigencia**: La Resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 14 de octubre de 2022 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, normativa tributaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Resolución de 2022, los precios de venta al público de las labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre estaban regulados por la Ley 13/1998, que exigía su publicación anual, pero no establecía concretamente los montos. Esta norma se aplicaba a nivel estatal, sin diferencias entre comunidades autónomas ni con la UE. La importancia de esta Resolución radica en que define con precisión los precios, garantizando transparencia y uniformidad en el mercado, lo que facilita el cumplimiento normativo y la comparación entre regiones, alineándose con los estándares de la UE en materia de regulación del tabaco.