Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 30 de septiembre de 2022 establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. El objetivo es publicar los precios de venta al público de distintas labores de tabaco, propuestos por fabricantes e importadores. La norma establece los precios en diferentes regiones, incluyendo las áreas de Ceuta y Melilla. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 30 de septiembre de 2022, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Este artículo otorga al Comisionado la competencia para establecer los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco, incluyendo los tributos aplicables, en las expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. La norma establece que los precios de venta al público de las labores de tabaco, incluidos los tributos, serán los siguientes: - **Cigarrillos**: - Fortuna (Red Line) 21 Limited Edition (21): 4,60 €/cajetilla - Maddox2 Blue (20): 3,95 €/cajetilla - **Cigarros y Cigarritos**: - ALEJANDRO ALFAMBRA: - Gran Toro (25): 4,60 €/unidad - Half Corona (25): 3,40 €/unidad - Magnificos (25): 4,50 €/unidad - Petit Toro (25): 3,65 €/unidad - Robusto (25): 3,90 €/unidad - EL BRUJITO: - F1 (25): 2,85 €/unidad - F2 (25): 3,60 €/unidad - F3 (25): 4,10 €/unidad - NEOS: - Exo Filter (10): 0,20 €/unidad - Exotic Silver Blue (10): 0,20 €/unidad - SAN PEDRO DE MACORIS: - Cigarrillos (el envase de 17): 2,30 €/unidad - PICADURAS DE LIAR: - West (46 g): 7,80 €/unidad - PICADURAS DE PIPA: - Davidoff Pipe Tobacco Year of the Tiger LE (100 g): 34,00 €/unidad En el segundo apartado, se detallan los precios para Ceuta y Melilla, donde los precios son ligeramente inferiores a los de la Península e Illes Balears. Por ejemplo, los NEOS Exo Filter y Exotic Silver Blue se venden a 0,19 €/unidad en lugar de 0,20 €/unidad. Además, se incluyen precios para otras labores como Terea Amber, Mauve Wave, Sienna y Turquoise, a 3,00 €/unidad. La resolución establece que los precios entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La norma se publica en Madrid, el 30 de septiembre de 2022, firmada por Luis Gavira Caballero, Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Esta resolución tiene carácter vinculante para las expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, y su cumplimiento es obligatorio. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece los precios de venta al público de labores de tabaco en las expendedurías del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. Los precios se publican en virtud de la Ley 13/1998 y entran en vigor al día siguiente de su publicación. La norma es vinculante y obligatoria para los establecimientos autorizados. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece precios de venta al público (PVP) de labores de tabaco** en las expendedurías del área del Monopolio. ⚠️ **Los precios varían según la región**, con diferencias en Ceuta y Melilla. 📋 **Se publican precios detallados por tipo de producto**, incluyendo cigarros, cigarrillos, picaduras de liar y pipa. ℹ️ **La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación** en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 30 de septiembre de 2022, del Comisionado para el Mercado de Tabacos - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 30 de septiembre de 2022 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, normativa tributaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, los precios de venta al público de las labores de tabaco estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, sin diferenciación entre comunidades autónomas. La norma de 2022 introduce una diferenciación por CCAA, incluyendo Ceuta y Melilla, lo que refleja una mayor autonomía en la regulación del mercado de tabaco. Este cambio importa porque permite adaptar los precios a las particularidades económicas y fiscales de cada región, mejorando la coherencia con la normativa de la UE, que exige un marco común pero flexible para los productos regulados.