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Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se modifica la de 1 de abril de 2022, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

BOE-A-2022-15206Publicada: 19/09/2022MINISTERIO DE SANIDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Salud Pública ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 15 de septiembre de 2022 modifica la Resolución de 1 de abril de 2022, eliminando ciertos controles sanitarios en los puntos de entrada de España y actualizando las medidas de colaboración con gestores aeroportuarios y portuarios. 2. **CONTEXTO** Desde el inicio de la pandemia, España estableció controles sanitarios en los puntos de entrada, principalmente para personas procedentes de países no europeos o no asociados al Schengen. Estas medidas se ajustaron a la evolución epidemiológica y a los niveles de inmunización. Con la disminución de la letalidad y la normalización de la movilidad, se revisaron las restricciones para adaptarlas a la situación actual. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 15 de septiembre de 2022, emitida por la Dirección General de Salud Pública, modifica la Resolución de 1 de abril de 2022, que establecía controles sanitarios en los puntos de entrada a España. En concreto, se eliminan los apartados octavo y noveno, así como el anexo I de dicha Resolución, que se referían a requisitos específicos para ciertos países y a la obligación de presentar certificados de vacunación o de recuperación. Además, se modifica el apartado décimo, que establece la colaboración de gestores aeroportuarios y portuarios, así como de las compañías aéreas y navieras, con el Ministerio de Sanidad, conforme al artículo 1 del Real Decreto-ley 8/2021. Esta modificación se justifica por la evolución de la pandemia y la necesidad de normalizar la movilidad internacional, respetando los principios del Derecho de la Unión Europea. La Resolución entra en vigor el 20 de septiembre de 2022 y puede ser recurrida en alzada ante la Secretaria de Estado de Sanidad dentro de un mes de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La modificación se realiza con el objetivo de adaptar las medidas sanitarias a la situación epidemiológica actual, que ha mostrado una disminución significativa de casos graves y de mortalidad, lo que permite reducir las restricciones sin comprometer la salud pública. La Resolución se fundamenta en la Estrategia de vigilancia y control frente a COVID-19 tras la fase aguda de la pandemia, que establece que las medidas deben ser proporcionadas y necesarias, y deben ajustarse a la evolución de la situación epidemiológica. La eliminación de ciertos controles y la modificación del apartado décimo reflejan una adaptación a la realidad actual, con el fin de facilitar la movilidad internacional sin descuidar los principios de protección sanitaria. La Resolución también establece que las medidas deben ser revisadas periódicamente, en función de la evolución de la pandemia y de la situación en los hospitales. La modificación de la Resolución de 1 de abril de 2022 se realiza en el marco de la legislación vigente, incluyendo el Real Decreto-ley 8/2021, que establece las bases para la aplicación de medidas sanitarias tras la finalización del estado de alarma. La Resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado, lo que garantiza su transparencia y accesibilidad para los ciudadanos y las partes interesadas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2022 modifica las medidas sanitarias en los puntos de entrada de España, eliminando ciertos controles y adaptando las medidas de colaboración con gestores aeroportuarios y portuarios. Se busca normalizar la movilidad internacional en el contexto de una situación epidemiológica mejorada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de controles sanitarios**: Se eliminan ciertos requisitos en los puntos de entrada. ⚠️ **Adaptación a la evolución epidemiológica**: Las medidas se ajustan a la situación actual de baja letalidad y alta inmunización. 📋 **Colaboración con gestores aeroportuarios**: Se establece la obligación de colaboración con el Ministerio de Sanidad. ℹ️ **Eficacia y recursos**: La Resolución entra en vigor el 20 de septiembre y puede ser recurrida en alzada. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 15 de septiembre de 2022, Dirección General de Salud Pública - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 15 de septiembre de 2022 - **Materias**: Salud pública, control sanitario, movilidad internacional, pandemia, medidas de vigilancia - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Controles sanitarios, puntos de entrada, movilidad internacional, pandemia, salud pública, Resolución, Dirección General de Salud Pública ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2022, España aplicaba controles sanitarios en los puntos de entrada, inspirados en normativas estatales y europeas, con un enfoque más estricto en países no europeos o no asociados al Schengen. Estas medidas se ajustaban a la evolución de la pandemia y a la situación epidemiológica. La actualización de 2022 refleja una adaptación a la normalización de la movilidad y la disminución de riesgos sanitarios, alineándose con la estrategia de la UE y reduciendo restricciones. Este cambio importa porque muestra una evolución hacia políticas más flexibles y coordinadas a nivel europeo, reforzando la integración y la seguridad sanitaria en el contexto postpandémico.

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