ResoluciónNacionalvigente

Aplicación provisional del Acuerdo sobre Inmunidades y Prerrogativas entre el Reino de España y el Banco Centroamericano de Integración Económica, hecho en Madrid el 28 de julio de 2022.

BOE-A-2022-14887Publicada: 13/09/2022MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Aplicación provisional del Acuerdo sobre Inmunidades y Prerrogativas entre el Re ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución establece la aplicación provisional del Acuerdo sobre Inmunidades y Prerrogativas entre el Reino de España y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), firmado en Madrid el 28 de julio de 2022. 2. **CONTEXTO** El BCIE es una institución financiera multilateral de desarrollo con sede en la región centroamericana. El Reino de España es miembro desde 2004 y ha aceptado las disposiciones de su Convenio Constitutivo. El Acuerdo busca regular las inmunidades, exenciones y privilegios que el BCIE goza en el territorio español, así como establecer mecanismos de aplicación y modificación del acuerdo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo sobre Inmunidades y Prerrogativas entre el Reino de España y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) establece un marco jurídico para regular las inmunidades, exenciones y prerrogativas que el BCIE goza en el territorio español. Este acuerdo se fundamenta en el Convenio Constitutivo del BCIE, que otorga al Banco una situación jurídica especial en los países miembros. El texto del acuerdo establece que las dudas y controversias derivadas de su interpretación o ejecución serán resueltas por mutuo acuerdo entre las partes (Art. 16). Asimismo, el acuerdo puede ser modificado de mutuo acuerdo, siguiendo el mismo procedimiento de entrada en vigor (Art. 17). La aplicación del acuerdo es provisional desde su firma el 28 de julio de 2022, según lo dispuesto en el artículo 18. El acuerdo entrará en vigor cuando ambas partes notifiquen, por vía diplomática, el cumplimiento de sus requisitos internos (Art. 18, párrafo 2). Su vigencia será ilimitada, salvo que una de las partes lo denuncie, en cuyo caso cesará sus efectos seis meses después de la notificación (Art. 18, párrafo 3). El acuerdo fue suscrito en Madrid el 28 de julio de 2022, en dos originales en lengua española, y firmado por el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Reino de España y el Presidente Ejecutivo del BCIE. La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez, certificó la aplicación provisional del acuerdo el 6 de septiembre de 2022. El texto del acuerdo refleja una cooperación bilateral entre el Reino de España y el BCIE, con el objetivo de garantizar la estabilidad jurídica y la operatividad del Banco en el territorio español. La aplicación provisional del acuerdo permite que las partes puedan ajustar su cumplimiento según las necesidades internas, sin comprometer la vigencia del acuerdo en caso de cumplimiento de los requisitos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El acuerdo establece un marco jurídico para las inmunidades y prerrogativas del BCIE en España. Su aplicación es provisional y su vigencia depende del cumplimiento de requisitos internos por ambas partes. El acuerdo puede ser modificado y se aplica de forma directa entre las partes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aplicación provisional**: El acuerdo entra en vigor provisionalmente desde su firma el 28 de julio de 2022. ⚠️ **Vigencia ilimitada**: El acuerdo permanece vigente hasta que una de las partes lo denuncie. 📋 **Procedimiento de entrada en vigor**: La vigencia definitiva depende de la notificación de cumplimiento de requisitos internos. ℹ️ **Modificaciones**: El acuerdo puede ser modificado de mutuo acuerdo, siguiendo el mismo procedimiento de entrada en vigor. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional (Derecho Internacional Público) - **Fuente**: Resolución de la Secretaria General Técnica - **Tipo**: Acuerdo bilateral - **Fecha**: 6 de septiembre de 2022 - **Materias**: Derecho internacional público, Derecho administrativo, Derecho de inmunidades y prerrogativas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Inmunidades, prerrogativas, BCIE, España, Acuerdo bilateral, Derecho internacional público ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la firma del Acuerdo sobre Inmunidades y Prerrogativas entre España y el BCIE en 2022, no existía un marco jurídico específico que regulara las inmunidades y prerrogativas del BCIE en el territorio español. Este acuerdo establece un régimen jurídico comparable a los acuerdos existentes entre Estados miembros de la UE y organismos internacionales, pero con características propias derivadas del Convenio Constitutivo del BCIE. La importancia de este acuerdo radica en su relevancia para garantizar la estabilidad jurídica y la cooperación internacional en el ámbito financiero y de desarrollo.

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