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Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2022-20186Publicada: 02/12/2022MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 1 de diciembre de 2022 establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo las diferentes regiones de la Península Ibérica, las Illes Balears, Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. El objetivo es publicar los precios de venta al público de distintas marcas de tabaco, propuestos por fabricantes e importadores, en los establecimientos autorizados. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor el mismo día. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 1 de diciembre de 2022, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de diversas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, en aplicación del artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Esta ley otorga al Comisionado la competencia para fijar los precios de venta al público de las labores de tabaco, incluyendo los tributos aplicables, en los establecimientos autorizados. La resolución detalla los precios de venta al público para distintas categorías de productos. En la Península Ibérica e Illes Balears, se establecen precios para cigerillos como American Spirit Blue, Benson & Hedges 100’S, Camel Activa, entre otros, con precios que oscilan entre 4,35 y 14,00 euros por caja. Para picaduras de pipa, se fijan precios entre 2,45 y 12,90 euros por unidad. En Ceuta y Melilla, los precios son menores, con cigerillos como Camel Blue 20 a 3,50 euros y picaduras de pipa como Overdozz Pombom a 2,45 euros. La resolución también establece que los precios incluyen los diferentes tributos aplicables, lo que significa que los establecimientos no pueden aplicar descuentos ni modificaciones a los precios fijados. Además, se indica que la resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma tiene carácter vinculante para los establecimientos autorizados, que deben aplicar los precios establecidos sin alteración. El Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero, es el responsable de su publicación y aplicación. La resolución se fundamenta en el marco legal de la Ley 13/1998, que regula el mercado de tabaco en España, garantizando un control estatal sobre los precios y la venta de productos de tabaco. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece precios de venta al público de labores de tabaco en establecimientos autorizados, en aplicación de la Ley 13/1998. Los precios son fijos y aplicables en toda la Península Ibérica, las Illes Balears, Ceuta y Melilla. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios de venta al público de labores de tabaco en establecimientos autorizados. ⚠️ **Aplicación obligatoria**: Los precios son vinculantes y no pueden ser modificados por los establecimientos. 📋 **Región específica**: Los precios varían según la región, incluyendo Ceuta y Melilla. ℹ️ **Vigencia**: La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 1 de diciembre de 2022 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, tributos, regulación del tabaco - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Precio de venta al público, tabaco, monopolio, Ley 13/1998, Comisionado para el Mercado de Tabacos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, los precios de venta al público de las labores de tabaco estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, pero con una aplicación uniforme en toda España, sin considerar las particularidades de las Comunidades Autónomas (CCAA) ni de la Unión Europea. Esta norma introduce una diferenciación regional, permitiendo que los precios varíen según las políticas fiscales y comerciales de cada CCAA, lo cual importa porque refleja una mayor flexibilidad en la regulación del mercado del tabaco, adaptándose a las necesidades específicas de cada región y al marco normativo europeo.

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