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Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se prorroga para 2023 la planificación general de las actividades preventivas de la Seguridad Social a desarrollar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social establecida para 2022 en la Resolución de 29 de abril de 2022.

BOE-A-2022-18897Publicada: 17/11/2022MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de la Seguridad ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 7 de noviembre de 2022 prorroga para 2023 la planificación general de actividades preventivas de la Seguridad Social establecida para 2022, con la finalidad de garantizar la continuidad de las medidas preventivas en el ámbito de las mutuas colaboradoras. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 29 de abril de 2022 estableció la planificación general de actividades preventivas para el año 2022, conforme al artículo 4.2 del Real Decreto 860/2018. Esta norma se prorroga para 2023 debido al tiempo transcurrido y la necesidad de disponer del tiempo suficiente para la aprobación de los planes individuales de las mutuas. La prórroga se considera conveniente para garantizar la continuidad de las medidas preventivas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 7 de noviembre de 2022, publicada en el Boletín Oficial del Estado, prorroga para el año 2023 la planificación general de actividades preventivas de la Seguridad Social establecida para 2022. Esta planificación fue establecida en la Resolución de 29 de abril de 2022, de conformidad con el artículo 4.2 del Real Decreto 860/2018, de 13 de julio, que regula las actividades preventivas de la acción protectora de la Seguridad Social a realizar por las mutuas colaboradoras. Según el artículo 4.2 del Real Decreto 860/2018, si la determinación de las actividades preventivas no se estableciera antes del inicio del ejercicio, se entenderá automáticamente prorrogada la determinación establecida del ejercicio anterior. En este caso, el plan de actividades preventivas de 2022 recoge todas las actividades contempladas en el artículo 2 del mencionado Real Decreto, lo que justifica la necesidad de su prórroga para 2023. La Resolución establece que, aunque existe una previsión de prórroga automática, se considera conveniente proceder a la prórroga para 2023 del plan vigente, con el fin de disponer del tiempo necesario para la aprobación de los planes individuales de las mutuas antes del inicio del próximo año. Además, la Resolución establece que los planes individuales de las mutuas, una vez aprobados por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, deberán publicarse en sus respectivas páginas web. En el plan general se especificarán los sectores y empresas a los que van dirigidos, así como el número de trabajadores afectados y el coste previsto de desarrollo de cada programa y actividad. También se establece que las mutuas deberán tener en cuenta las especificidades de las comunidades autónomas que hayan comunicado dichas especificidades conforme al artículo 6.2 del Real Decreto 860/2018. Durante el primer trimestre del año 2024, las mutuas deberán facilitar información detallada sobre la ejecución del plan, incluyendo el grado de ejecución y el coste de cada actividad. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social se autoriza para adoptar las medidas e instrucciones necesarias para la aplicación de esta resolución, y la misma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2022 prorroga para 2023 la planificación de actividades preventivas de la Seguridad Social. Se establecen requisitos para la elaboración y publicación de los planes individuales de las mutuas. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social tiene facultades de aplicación y la resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga del plan 2022 para 2023**: Se mantiene la planificación general de actividades preventivas establecida para 2022. ⚠️ **Necesidad de tiempo para la aprobación de planes individuales**: Se requiere disponer del tiempo suficiente para la aprobación de los planes individuales de las mutuas antes del inicio del año 2023. 📋 **Publicación de planes individuales**: Los planes aprobados por la Dirección General deben publicarse en las páginas web de las mutuas. ℹ️ **Consideración de especificidades autonómicas**: Las mutuas deben tener en cuenta las especificidades de las comunidades autónomas que las hayan comunicado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 7 de noviembre de 2022 - **Materias**: Seguridad Social, Prevención de riesgos laborales, Mutuas colaboradoras - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2022, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social seguían una planificación general de actividades preventivas establecida en normas estatales y europeas, como el Real Decreto 860/2018. Esta norma establecía obligaciones preventivas para garantizar la seguridad y salud en el trabajo. La prórroga para 2023 permite mantener la continuidad de estas medidas, evitando brechas en la protección laboral. Es importante porque asegura la aplicación coherente de las obligaciones preventivas, alineándose con el marco legal estatal y europeo, y facilita la adaptación a las necesidades cambiantes del sector.

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