Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 10 de noviembre de 2022 establece los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados en envases de 8 a 20 kg, publicados en el Boletín Oficial del Estado. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se publica en el marco de la Orden IET/389/2015, que actualiza el sistema de precios máximos de venta de los GLP envasados. Además, se aplica el Real Decreto-ley 11/2022, que establece limitaciones en la revisión de precios máximos de GLP durante un periodo determinado. La resolución se basa en cálculos que incluyen cotizaciones internacionales, fletes, costes de comercialización y otros factores económicos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 10 de noviembre de 2022, emitida por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo (GLP) envasados en envases de carga igual o superior a 8 kg y inferior a 20 kg. Esta resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor el 15 de noviembre de 2022. La Orden IET/389/2015, de 5 de marzo, establece el sistema de determinación automática de los precios máximos de venta de los GLP envasados. Según el artículo 3.5 de dicha orden, los precios máximos de venta al público se revisan con periodicidad bimestral y producen efectos a partir del tercer martes del mes en el que se efectúe la revisión. El artículo 6 de la misma establece que la Dirección General de Política Energética y Minas debe realizar los cálculos necesarios para la aplicación del sistema y dictar las resoluciones correspondientes, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, establece que, desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022, los precios máximos de venta de GLP envasados no podrán superar los obtenidos mediante el sistema de la Orden IET/389/2015. Este real decreto-ley se aplica en el contexto de la crisis económica y social derivada de la guerra en Ucrania, con el objetivo de proteger a los ciudadanos frente a subidas excesivas de precios. La resolución de 2022 se basa en una serie de cálculos que incluyen la cotización internacional del propano y el butano, los fletes, el coste de comercialización, el coste de la materia prima y otros factores económicos. Por ejemplo, en el mes de octubre de 2022, la cotización internacional del propano fue de 568,6 $/Tm y del butano de 587,5 $/Tm, mientras que los fletes aumentaron a 26,4 $/Tm. Estos datos se convierten en la base para el cálculo del precio sin impuestos teórico y, finalmente, del precio sin impuestos. La resolución establece que el precio máximo de venta de los GLP envasados en el mes de noviembre de 2022 será de 127,7838 c€/kg, calculado a partir de los datos mencionados. Este precio se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor el 15 de noviembre de 2022. También se establece que contra la resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía dentro de un mes desde su publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece nuevos precios máximos de venta de GLP envasados en envases de 8 a 20 kg, calculados según un sistema establecido en la Orden IET/389/2015. El precio máximo se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor el 15 de noviembre de 2022. Los ciudadanos pueden interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nuevos precios máximos de venta de GLP envasados**: Se establecen nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados en envases de 8 a 20 kg. ⚠️ **Aplicación del Real Decreto-ley 11/2022**: Se limita la revisión de precios máximos de GLP durante un periodo determinado, desde la entrada en vigor del real decreto-ley hasta el 31 de diciembre de 2022. 📋 **Cálculo basado en datos económicos**: Los precios se calculan considerando cotizaciones internacionales, fletes, costes de comercialización y otros factores. ℹ️ **Eficacia y recurso de alzada**: La resolución entra en vigor el 15 de noviembre de 2022 y permite interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 10 de noviembre de 2022 - **Materias**: Energía, precios máximos, gases licuados del petróleo (GLP), comercio, regulación - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2022, los precios máximos de venta de los gases licuados del petróleo (GLP) envasados estaban regulados por la Orden IET/389/2015, que establecía un sistema de cálculo basado en factores económicos. Esta norma se aplicaba en el marco del marco estatal, sin considerar las diferencias entre comunidades autónomas ni la Unión Europea. La importancia de esta resolución radica en que actualiza los precios máximos, incorporando nuevos factores y limitaciones establecidas por el Real Decreto-ley 11/2022, lo que refleja una regulación más dinámica y adaptada a las fluctuaciones del mercado, con implicaciones en la competitividad y el acceso al GLP en distintas regiones.