Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, según lo establecido en la Ley 13/1998. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en el marco de la regulación del mercado de tabacos en España, con el objetivo de fijar los precios oficiales de venta al público. Se basa en la Ley 13/1998, que ordena el mercado de tabacos y la normativa tributaria. La publicación de los precios se realiza en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de dicha ley. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 30 de diciembre de 2022, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de diversas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Estos precios incluyen los tributos correspondientes y han sido propuestos por los fabricantes e importadores. La norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado la competencia para fijar los precios de venta al público de los productos del tabaco. La resolución detalla los precios de diferentes categorías de productos: tabaco de aspirar, cigarrillos, cigarros y cigarritos, y picaduras de pipa. Por ejemplo, el PVP de los cigarrillos Pueblo Blue, Pueblo Green, Pueblo Orange y Pueblo Cigarette es de 4,60 euros por cajetilla. En el caso del tabaco de aspirar, productos como Gawith Original, Gletscherprise y Löwenprise tienen un PVP de 2,20 euros por unidad, mientras que Neffa Bledi tiene un precio de 1,70 euros. Para los cigarros y cigarritos, se incluyen precios variados según el tipo y el envase, como Amigos (10) a 0,26 euros, Amigos Medium (10) a 0,24 euros, y Amigos (El envase de 50) a 13,50 euros. En cuanto a las picaduras de pipa, se detallan precios para productos como Al Fakher Master Edition Flower Pop (200 g) a 7,95 euros, Forever Gold Dragon Daddy (200 g) a 12,00 euros, y Forever Gold Timothy (50 g) a 3,50 euros. La resolución establece que los precios publicados son los que deberán aplicarse en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. La entrada en vigor de la resolución se produce el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La norma se emite en cumplimiento de la Ley 13/1998, que otorga al Comisionado la competencia para regular los precios de venta al público de los productos del tabaco, garantizando así la transparencia y el control del mercado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución fija los precios de venta al público de diversos productos del tabaco en el área del Monopolio. Se basa en la Ley 13/1998 y entra en vigor al ser publicada. Los precios incluyen tributos y han sido propuestos por fabricantes e importadores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de precios oficiales**: Se establecen los precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Cumplimiento legal**: La norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, que regula el mercado de tabacos. 📋 **Entrada en vigor inmediata**: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE. ℹ️ **Diversidad de productos**: Se incluyen precios para tabaco de aspirar, cigarrillos, cigarros, cigarritos y picaduras de pipa. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 30 de diciembre de 2022 - **Materias**: Mercado de tabacos, precios de venta al público, normativa tributaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, el marco regulatorio del mercado de tabaco en España se basaba en la Ley 13/1998, que establecía el monopolio estatal y la fijación de precios por parte del Comisionado para el Mercado de Tabacos. A nivel europeo, la Directiva 2014/40/UE regulaba aspectos como el packaging y la publicidad, pero no establecía precios. A nivel autonómico, las Comunidades Autónomas podían aplicar normas complementarias, aunque siempre dentro del marco estatal. La importancia de esta resolución radica en su papel de actualización y formalización de los precios oficiales, garantizando la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente.