Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Presidencia del Comisionado para el M ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Se establecen los precios de venta al público (PVP) de diferentes productos de tabaco, incluidos los tributos, en establecimientos oficiales del Monopolio. La resolución entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 24 de febrero de 2023, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de diversas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, tanto en la Península Ibérica como en Ceuta y Melilla. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado la competencia para fijar dichos precios. En el primer apartado, se detallan los precios de cigerillos, cigarros y cigarritos, así como picaduras de pipa, incluyendo diferentes marcas y formatos. Por ejemplo, los cigerillos "Black Devil Black" y "Black Devil Pink" tienen un PVP de 4,30 euros por caja de 20, mientras que el "Bullbrand Extra 100" cuesta 4,00 euros. Para los cigarros y cigarritos, se mencionan marcas como "A. Flores El Saman" y "AJ. Fernandez", con precios que oscilan entre 5,60 y 75,00 euros por unidad. En el caso de las picaduras de pipa, se incluyen marcas como "True Passion" y "Shisha Kartel", con precios que van desde 3,10 hasta 75,00 euros por unidad. En el segundo apartado, se detallan los precios de las picaduras de pipa para Ceuta y Melilla, donde los precios son ligeramente inferiores a los de la Península, como el "Os African King" a 3,20 euros por unidad. El tercer apartado establece que la resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se publica en Madrid, el 24 de febrero de 2023, firmada por Luis Gavira Caballero, Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Esta resolución tiene carácter vinculante para los establecimientos oficiales del Monopolio, y su cumplimiento es obligatorio. Los precios incluyen todos los tributos aplicables, lo que garantiza una transparencia en la fijación de los precios de venta al público. La norma no establece mecanismos de revisión ni de ajuste de precios, por lo que los precios publicados son definitivos hasta que se publique una nueva resolución. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece los precios de venta al público de productos de tabaco en establecimientos oficiales del Monopolio, basándose en la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y son vigentes desde su publicación. La norma garantiza la transparencia en la fijación de precios. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de precios**: Se establecen los precios de venta al público de productos de tabaco en establecimientos oficiales del Monopolio. ⚠️ **Diferencias regionales**: Los precios varían entre la Península Ibérica y Ceuta y Melilla. 📋 **Base legal**: Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La norma entra en vigor el mismo día de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 24 de febrero de 2023 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, Monopolio, tributos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, los precios de venta al público de los productos de tabaco estaban regulados por normativas estatales y autonómicas, con diferencias significativas entre las Comunidades Autónomas y la Unión Europea. La Ley 13/1998 establecía un marco general, pero la fijación de precios dependía de las administraciones locales. Esta resolución homogeniza los precios en el ámbito del Monopolio, garantizando una aplicación uniforme en toda España, incluyendo Ceuta y Melilla, lo cual es relevante para garantizar la igualdad de trato y la transparencia en el mercado de tabaco.