Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Presidencia del Comisionado para el M ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo los tributos aplicables. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. La Resolución establece los precios de venta al público de diversas labores de tabaco, propuestos por fabricantes e importadores, para su venta en establecimientos oficiales. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 10 de febrero de 2023, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de diversas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, dentro del área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado la competencia para fijar estos precios. En el primer apartado, se detallan los PVP de las labores de tabaco en la Península e Illes Balears, incluyendo cigarrillos, cigarros, cigarritos, otras labores y picaduras de pipa. Por ejemplo, el PVP del Bullbrand Negro (40) es de 8,10 euros por cajetilla, mientras que el Camel Yellow 100s (20) se vende a 5,00 euros. Para cigarros y cigarritos, se indican precios por unidad, como el Mighty Mighty (5) a 11,10 euros y el Robusto (5) a 9,00 euros. En el segundo apartado, se establecen los precios de las labores de tabaco en Ceuta y Melilla, con precios por envase. Por ejemplo, el No.100 de Han dels Gold se vende a 1,80 euros por envase de 10 unidades. El tercer apartado establece que la Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se publica en Madrid, el 10 de febrero de 2023, firmada por Luis Gavira Caballero, Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Esta norma no solo fija precios, sino que también regula la venta de tabaco en establecimientos oficiales, garantizando la aplicación uniforme de los tributos y la transparencia en el mercado. Además, establece un marco legal que permite al Comisionado vigilar el cumplimiento de los precios establecidos, asegurando la estabilidad del mercado y la protección de los consumidores. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución fija los precios de venta al público de labores de tabaco en establecimientos oficiales, en cumplimiento de la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y se aplican en toda la Península e Illes Balears, así como en Ceuta y Melilla. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios de venta al público de labores de tabaco, incluyendo tributos. ⚠️ **Aplicación territorial**: Los precios se aplican en la Península, Illes Balears, Ceuta y Melilla. 📋 **Legalidad**: La norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998. ℹ️ **Vigencia**: La Resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 10 de febrero de 2023 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios, tributos, regulación - **Relevancia**: ALTA Palabras: 687 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Resolución, los precios de venta al público de tabaco estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, pero no se establecían concretamente en cada Comunidad Autónoma (CCAA). Esta norma introduce una regulación más específica, adaptándose a las particularidades de cada CCAA, lo cual permite una mayor homogeneidad en el mercado dentro de la Unión Europea (UE), donde los precios de tabaco también están sujetos a regulaciones comunes. Importa porque refleja una evolución hacia un control más detallado y localizado, alineándose con las normativas europeas y mejorando la transparencia y la equidad en el sector.