Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HFP/308/2023, de 28 de marzo, por la que se modifica la Orden HAC/510/2021, de 26 de mayo, por la que se aprueba el modelo 604 "Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Autoliquidación" y se determinan la forma y procedimiento para su presentación.

BOE-A-2023-8116Publicada: 31/03/2023MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HFP/308/2023, de 28 de marzo, por la que se modifica la Orden HAC/510/2021 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HFP/308/2023 modifica el modelo 604 de autoliquidación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, aprobado en 2021, para adaptarlo a las normativas vigentes en el marco del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra. 2. **CONTEXTO** La Ley 5/2020 estableció el Impuesto sobre las Transacciones Financieras, que entró en vigor en 2021. Este impuesto fue incorporado al Concierto Económico con el País Vasco y al Convenio con Navarra mediante leyes de 2022. La Orden HAC/510/2021 aprobó el modelo 604 de autoliquidación, pero se requirió su actualización para cumplir con las normativas de las comunidades autónomas. La Orden HFP/308/2023 introduce cambios en este modelo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HFP/308/2023, de 28 de marzo de 2023, modifica la Orden HAC/510/2021, de 26 de mayo de 2021, que aprobaba el modelo 604 de autoliquidación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Esta modificación se realiza con el objetivo de adaptar el modelo a las normativas vigentes en el marco del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco y del Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra. La incorporación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras al Concierto Económico con el País Vasco se realiza mediante el nuevo artículo 34 bis del Concierto, que establece que el impuesto es un tributo concertado, regido por las normas sustantivas y formales establecidas por el Estado. De manera similar, el artículo 40 bis del Convenio Económico con Navarra establece que el impuesto será exigido por la Hacienda Foral de Navarra aplicando las mismas normas del Estado. La Orden HFP/308/2023 se fundamenta en el artículo 117 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, que habilita al Ministro de Economía y Hacienda para aprobar modelos de declaración y autoliquidación. Según el artículo 5 del Real Decreto 2/2020, modificado por el Real Decreto 507/2021, las habilitaciones previas a la Ministra de Hacienda y al Ministro de Economía y Hacienda ahora corresponden a la Ministra de Hacienda y Función Pública. En virtud de ello, la Orden HFP/308/2023 modifica el anexo I de la Orden HAC/510/2021, que contenía el modelo 604, sustituyéndolo por el anexo de esta nueva orden. Este nuevo modelo se aplica a partir del 1 de septiembre de 2023, y se aplicará a las autoliquidaciones correspondientes a los periodos de liquidación que inicien a partir de esa fecha. La modificación del modelo 604 busca garantizar la coherencia entre el régimen general del impuesto y las normativas de las comunidades autónomas que lo han incorporado. Además, se busca facilitar la correcta aplicación del impuesto en el marco de los conciertos económicos, asegurando que las obligaciones tributarias se cumplan de forma uniforme y conforme a las normas vigentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HFP/308/2023 modifica el modelo 604 de autoliquidación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras para adaptarlo a los conciertos económicos con el País Vasco y Navarra. Esta modificación entra en vigor el 1 de septiembre de 2023 y se aplica a partir de ese momento. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del modelo 604**: Se sustituye el modelo aprobado en 2021 para adaptarlo a las normativas vigentes en el marco de los conciertos económicos. ⚠️ **Aplicación a partir del 1 de septiembre de 2023**: Las nuevas normas se aplican a partir de esa fecha, afectando a las autoliquidaciones correspondientes a periodos de liquidación iniciados en esa fecha. 📋 **Regulación por la Ministra de Hacienda y Función Pública**: La modificación se realiza en virtud de las habilitaciones conferidas a esta ministerio. ℹ️ **Conformidad con los conciertos económicos**: El modelo se ajusta a las normativas vigentes en el País Vasco y Navarra, garantizando la uniformidad en la aplicación del impuesto. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HFP/308/2023 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 28 de marzo de 2023 - **Materias**: Impuesto sobre las Transacciones Financieras, Autoliquidación, Concierto Económico, Hacienda Pública - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HFP/308/2023, el modelo 604 de autoliquidación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras estaba vigente bajo la Orden HAC/510/2021, sin considerar las particularidades del Concierto Económico con el País Vasco y el Convenio con Navarra. Esta norma se introdujo como parte de la adaptación a las normativas estatales y autonómicas, ya que el impuesto fue incorporado a estas estructuras mediante leyes de 2022. Importa porque garantiza la coherencia entre la normativa estatal y autonómica, facilitando la aplicación uniforme del impuesto en todo el territorio, especialmente en regiones con autonomía fiscal.

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