Resolución de 17 de marzo de 2023, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 11 de julio de 2014, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 17 de marzo de 2023, del Departamento de Aduanas e Impuestos Espec ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 17 de marzo de 2023 modifica las instrucciones para la formalización del Documento Único Administrativo (DUA) en el contexto de la normalización de la circulación de mercancías entre Marruecos y España, incluyendo cambios en la declaración de importación y en el tratamiento de datos personales. 2. **CONTEXTO** La Resolución se publica en el marco de la Declaración conjunta de la XII Reunión de alto nivel entre Marruecos y España celebrada en Rabat el 2 de febrero de 2023, que compromete la plena normalización de la circulación de personas y mercancías. Esta normalización requiere simplificar las formalidades aduaneras en ciudades específicas. Además, se modifica la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que introduce cambios en el régimen de depósito distinto del aduanero y en la declaración tributaria de importación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 17 de marzo de 2023, emitida por el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modifica la resolución de 11 de julio de 2014, con el objetivo de adaptar las instrucciones para la formalización del Documento Único Administrativo (DUA) a los nuevos requisitos derivados de la normalización de la circulación de mercancías entre Marruecos y España. En concreto, se establecen nuevos requisitos para la declaración de importación, que deberá presentarse antes de la salida de la mercancía del depósito distinto del aduanero. No obstante, las ultimaciones que se hayan producido entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de publicación de la resolución y que no hubieran sido objeto de declaración deberán ser liquidadas por la aduana de control del depósito previa solicitud del titular de las mercancías. En cuanto a la cumplimentación del DUA, se especifica que la Casilla 1.1 debe rellenarse con el código de clasificación arancelaria (CO), la Casilla 37 Régimen solicitado debe indicar el código 82, y la Casilla 37 Régimen precedente debe rellenarse con los códigos 07, 49, 95 o 73. El régimen 95 se declarará como precedente únicamente en aquellos casos en los que se hubiera despachado mercancía a libre práctica con inclusión en el régimen de DDA y, durante su permanencia en dicho régimen, la mercancía hubiera sido objeto de una entrega. La Casilla 40 se indicará el MRN del DUA de vinculación a DDA o DVD generado por la venta dentro del DDA. Además, la resolución establece que los datos personales aportados por el obligado tributario en el cumplimiento de sus derechos y obligaciones tributarias y aduaneras serán tratados con la finalidad de la aplicación del sistema tributario y aduanero. Este tratamiento se ajustará al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, así como a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se facilitará la información que exige el artículo 13 del Reglamento relativa a los posibles tratamientos y el ejercicio de los derechos sobre los mismos. Finalmente, la resolución establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma se emite con el objetivo de adaptar el sistema aduanero a los nuevos marcos de cooperación internacional y a las modificaciones legislativas vigentes, garantizando la transparencia y la eficacia en la gestión de las operaciones de importación y en el tratamiento de datos personales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución modifica las instrucciones para la formalización del DUA, adaptándose a la normalización de la circulación de mercancías entre Marruecos y España. Establece nuevos requisitos para la declaración de importación y regula el tratamiento de datos personales. La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Modificaciones en la formalización del DUA para la normalización de la circulación de mercancías entre Marruecos y España. ⚠️ Nuevos requisitos para la declaración de importación, que deberá presentarse antes de la salida del depósito distinto del aduanero. 📋 Especificaciones detalladas para la cumplimentación de las casillas del DUA, incluyendo códigos de régimen y MRN. ℹ️ Regulación del tratamiento de datos personales conforme a la normativa de protección de datos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 17 de marzo de 2023, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 17 de marzo de 2023 - **Materias**: Aduanas, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), Tratamiento de datos personales, Normalización de mercancías - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2023, el DUA se regulaba bajo la normativa de 2014, que no contemplaba la normalización de la circulación de mercancías entre Marruecos y España. Esta norma estatal se alinea con el marco de la Unión Europea, que promueve la simplificación aduanera y la cooperación internacional. La modificación responde a acuerdos bilaterales y a la necesidad de adaptarse a los estándares de la UE en materia de tránsito y declaración de importación, lo cual facilita el comercio y mejora la eficiencia en la gestión aduanera, reforzando la integración económica entre España y Marruecos.