Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social.

BOE-A-2018-8160Publicada: 19/06/2018Comunidad Autónoma de las Illes Balears

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley que crea un marco legal para el Tercer Sector de Acción Social de las Illes Balears. Reconoce como entidades del Tercer Sector Social a las asociaciones privadas sin ánimo de lucro que trabajan con colectivos vulnerables, guiándose por principios de justicia social, solidaridad, calidad, participación, responsabilidad social y transparencia. **¿A quién afecta?** Afecta a las entidades sin ánimo de lucro que trabajan en servicios sociales, a los colectivos vulnerables que atienden, a la administración pública (gobiernos insulares, ayuntamientos y administraciones autonómicas) y a la ciudadanía en general, que podrá participar en el diseño y evaluación de las políticas sociales. **¿Qué cambia o establece?** Establece que estas entidades tengan estatus legal reconocido para ser interlocutoras ante las administraciones públicas. Define formas de colaboración (subvenciones, contratos, conciertos y convenios), dando preferencia a estas entidades sobre otras organizaciones privadas. Crea un Consejo de Servicios Sociales y obliga a elaborar una Estrategia de Promoción del Tercer Sector cada cuatro años. Facilita inversiones en infraestructuras y su participación en proyectos públicos que afecten a colectivos vulnerables.

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, el tercer sector balear carecía de reconocimiento legal sistemático, operando bajo normativas fragmentadas y sin posición institucional clara como interlocutor ante la administración. Baleares se alinea con otras autonomías que ya contaban con marcos específicos—como Cataluña (Ley 2/2014) o Andalucía—, aunque la Ley 3/2018 destaca por su enfoque integral en servicios sociales y gobernanza participativa. A diferencia de la normativa estatal general sobre economía social (Ley 5/2011), esta ley crea mecanismos concretos de colaboración e institucionaliza la voz de entidades en diseño de políticas sociales, adecuándose a directivas europeas sobre compra pública social. Importa al ciudadano porque legaliza la participación de vulnerables mediante estas entidades, garantiza transparencia en la gestión de fondos públicos destinados a servicios sociales y establece que el tercer sector tenga prioridad en la prestación de servicios públicos, asegurando calidad y orientación a necesidades reales de colectivos en riesgo de exclusión.

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