Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TMA/499/2023, de 9 de mayo, por la que se modifican las condiciones operativas en las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018, por el que se declaran obligaciones de servicio público en la ruta aérea Menorca-Madrid.

BOE-A-2023-11899Publicada: 20/05/2023MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TMA/499/2023, de 9 de mayo, por la que se modifican las condiciones operat ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden TMA/499/2023 establece las condiciones operativas de las obligaciones de servicio público en la ruta aérea Menorca-Madrid, modificando las condiciones establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2018. 2. **CONTEXTO** La ruta aérea Menorca-Madrid está bajo obligaciones de servicio público desde 2018. Durante la crisis sanitaria por la COVID-19, se redujo la demanda de movilidad, lo que llevó a modificaciones temporales de las condiciones operativas. En 2020, se dictó una orden que permitía la reversión de dichas modificaciones si la demanda se recuperaba. En 2023, se actualizan las condiciones operativas para adaptarse a la nueva situación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden TMA/499/2023, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 9 de mayo de 2023, modifica las condiciones operativas de las obligaciones de servicio público en la ruta aérea Menorca-Madrid, establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018. La Orden establece que el servicio a prestar será, como mínimo, de dos frecuencias diarias (cuatro vuelos) durante todo el periodo, con excepciones específicas. Durante el periodo comprendido entre el 15 y el 18 de enero, ambos inclusive, se añadirá una frecuencia diaria adicional. Asimismo, durante el período comprendido entre el viernes anterior al Viernes Santo y el lunes de Pascua, ambos inclusive, se añadirá una frecuencia diaria adicional. Durante el periodo comprendido entre el 4 y el 10 de diciembre, ambos inclusive, se añadirá una frecuencia diaria adicional. Durante el periodo comprendido entre el 20 de diciembre y el 2 de enero, ambos inclusive, se añadirá una frecuencia diaria adicional, con la excepción de los días 25 de diciembre y 1 de enero, que continuarán requiriendo 2 frecuencias diarias. El primer vuelo del día deberá salir de Menorca entre las 7:00 y las 8:00, y el último vuelo de la tarde deberá salir de Madrid entre las 20:00 y las 21:00, hora local, todos los días de la semana, teniendo en cuenta el horario operativo del aeropuerto de Menorca. La frecuencia adicional en los días definidos anteriormente no tendrá requisitos horarios, pudiendo adecuarse libremente por las compañías operadoras. La capacidad mínima ofrecida será de 79.000 asientos por semestre. La Orden establece que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y será aplicable el día siguiente a su publicación. La Orden se dicta en virtud de la competencia de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, según el artículo 105 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo general. La norma se aplica a la ruta aérea Menorca-Madrid, que está bajo obligaciones de servicio público, y se modifica el Anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2018, en su apartado III, «Condiciones de operación». La norma establece que las condiciones operativas se ajustan a la demanda real y a la evolución de la movilidad de los ciudadanos, con el objetivo de garantizar un servicio público eficiente y accesible. La norma se aplica a la ruta aérea Menorca-Madrid, que se encuentra bajo obligaciones de servicio público, y se modifica el Anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2018, en su apartado III, «Condiciones de operación». La norma establece que las condiciones operativas se ajustan a la demanda real y a la evolución de la movilidad de los ciudadanos, con el objetivo de garantizar un servicio público eficiente y accesible. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden TMA/499/2023 establece nuevas condiciones operativas para la ruta aérea Menorca-Madrid, adaptándose a la demanda actual. Establece frecuencias mínimas y horarios específicos, con excepciones en periodos festivos. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones de condiciones operativas**: Se establecen nuevas frecuencias mínimas y horarios para el servicio aéreo. ⚠️ **Excepciones en periodos festivos**: Se añaden frecuencias adicionales en días específicos, como enero, diciembre y festivos religiosos. 📋 **Capacidad mínima**: Se fija una capacidad mínima de 79.000 asientos por semestre. ℹ️ **Publicidad y eficacia**: La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden TMA/499/2023 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 9 de mayo de 2023 - **Materias**: Transporte aéreo, obligaciones de servicio público, regulación de rutas aéreas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TMA/499/2023, las obligaciones de servicio público en la ruta aérea Menorca-Madrid estaban reguladas por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2018, que establecía condiciones operativas mínimas. Durante la crisis sanitaria, se introdujeron modificaciones temporales, que se revertieron en 2020 si la demanda se recuperaba. La nueva orden actualiza estas condiciones para adaptarse a la nueva realidad, manteniendo un mínimo de dos frecuencias diarias. Este cambio importa porque refleja la evolución de las políticas de transporte aéreo en el marco de la UE, donde las CCAA y el Estado deben equilibrar la necesidad de servicios públicos con la viabilidad económica de las aerolíneas.

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