Resolución de 28 de julio de 2023, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 28 de julio de 2023, de la Presidencia del Comisionado para el Mer ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 28 de julio de 2023 establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** La norma se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. El objetivo es fijar los precios de venta al público de ciertas labores de tabaco, incluidos los tributos, en establecimientos autorizados. La resolución establece los precios para diferentes categorías de productos, como cigarros, cigarritos, otras labores y picaduras de pipa, con distinción entre la Península e Illes Balears y Ceuta y Melilla. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 28 de julio de 2023, publicada por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, en aplicación del artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Este artículo establece que el Comisionado para el Mercado de Tabacos debe publicar los PVP propuestos por los fabricantes e importadores, incluyendo los tributos aplicables. La resolución detalla los precios de venta al público para diferentes categorías de productos. En la Península e Illes Balears, se establecen precios para cigarros y cigarritos de marcas como AMIGOS, LA REGENTA y MONTES, así como para otras labores y picaduras de pipa. Por ejemplo, el PVP de los cigarros "La Regenta Pirámide Añejo" es de 10,00 euros, mientras que el de los "Amigos Pocket Filter AB" es de 2,60 euros por envase de 20 unidades. En Ceuta y Melilla, los precios son ligeramente inferiores, con un PVP de 2,45 euros por envase de 20 unidades para los cigarritos de la marca AMIGOS. Los precios de las picaduras de pipa, como "Al Fakher Amber Rise" o "Al Fakher Crimson Crush", se fijan en 8,50 euros por unidad. La resolución establece que los precios entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esto implica que los establecimientos autorizados deberán aplicar estos precios desde esa fecha, sin posibilidad de modificaciones salvo por disposición legal posterior. La norma no establece mecanismos de revisión ni ajuste de precios, lo que sugiere que los precios publicados son definitivos hasta que se publiquen nuevas resoluciones. Además, no se menciona la posibilidad de excepciones ni diferencias regionales salvo las ya establecidas entre la Península e Illes Balears y Ceuta y Melilla. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en establecimientos del área del Monopolio, en cumplimiento de la Ley 13/1998. Los precios son aplicables desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado. No se prevén ajustes ni excepciones salvo por disposición legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de precios**: Se fijan precios de venta al público para diferentes categorías de productos de tabaco. ⚠️ **Diferencias regionales**: Los precios varían entre la Península e Illes Balears y Ceuta y Melilla. 📋 **Cumplimiento legal**: La norma se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998. ℹ️ **Vigencia inmediata**: Los precios entran en vigor el mismo día de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 28 de julio de 2023 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, normativa tributaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, los precios de venta al público de las labores de tabaco estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, pero con una aplicación diferenciada entre las Comunidades Autónomas (CCAA) y las áreas del Monopolio como Ceuta y Melilla. Esta norma establece una regulación más específica y uniforme, integrando las particularidades de estas zonas dentro del marco estatal, lo que refleja una convergencia entre el ordenamiento estatal y las particularidades autonómicas, asegurando una aplicación coherente de la normativa en todo el territorio nacional.