Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 1 de julio de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Intervención General de la Administra ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 11 de octubre de 2023 modifica el Plan General de Contabilidad Pública para adaptarlo a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, incorporando cambios derivados de la reforma del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). 2. **CONTEXTO** La reforma del MEI fue establecida por la Ley 21/2021, derogada posteriormente por el Real Decreto-Ley 2/2023, que introdujo un nuevo marco de sostenibilidad del sistema de pensiones. Esta norma establece modificaciones contables para reflejar los nuevos parámetros del MEI en el sistema de contabilidad pública. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 11 de octubre de 2023, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica el Plan General de Contabilidad Pública para adaptarlo a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, incorporando cambios derivados de la reforma del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), aprobado por el Real Decreto-Ley 2/2023. La norma establece modificaciones en las cuentas contables relacionadas con el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, incluyendo la cuenta 116, “Fondo de Reserva de la Seguridad Social”, y la cuenta 557, “Reintegro de prestaciones pendientes de aplicación”. En concreto, el texto modifica el apartado b.9) de la cuenta 116, estableciendo que en las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, con abono a la cuenta 116, “Fondo de Reserva de la Seguridad Social”, se incluirá el importe correspondiente al porcentaje del excedente obtenido en el ámbito de la gestión de las contingencias profesionales, una vez dotada la Reserva de Estabilización de Contingencias Profesionales. Asimismo, se modifica la definición y relaciones contables de la cuenta 557, “Reintegro de prestaciones pendientes de aplicación”, estableciendo que recoge los cobros de las liquidaciones por reintegro de pagos de prestaciones del sistema de la Seguridad Social pendientes de aplicación. Su movimiento incluye abonos por los cobros realizados con cargo a la subcuenta 5529, “Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas”, y en negativo, con cargo a la misma subcuenta por las cantidades que se formalicen como reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente. Su saldo, acreedor, representará el importe de las cantidades pendientes de aplicar al presupuesto de gastos. La Resolución incluye una Disposición transitoria única que establece la adecuación de saldos, indicando que la Tesorería General de la Seguridad Social procederá, con cargo a la cuenta 120, “Resultados de ejercicios anteriores”, a la adecuación del saldo entrante en 2023 de la cuenta 116, “Fondo de Reserva de la Seguridad Social”, a la situación patrimonial de dicho fondo a fin del ejercicio 2022. Finalmente, se establece una Disposición final única que indica que la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, siendo aplicable a las cuentas anuales del ejercicio 2023 y siguientes. La norma se publica en Madrid, el 11 de octubre de 2023, firmada por el Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución modifica el Plan General de Contabilidad Pública para adaptarlo al nuevo marco del MEI. Establece cambios en las cuentas contables relacionadas con el Fondo de Reserva de la Seguridad Social y el reintegro de prestaciones. La norma entra en vigor en 2023 y se aplica a las cuentas anuales posteriores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones contables**: Se actualizan las cuentas 116 y 557 para reflejar el nuevo marco del MEI. ⚠️ **Cambio de marco regulatorio**: La norma refleja la derogación del MEI anterior y la aplicación del nuevo marco de sostenibilidad. 📋 **Aplicabilidad**: La Resolución se aplica a las cuentas anuales del ejercicio 2023 y siguientes. ℹ️ **Transitoriedad**: Se establece un periodo de adecuación de saldos para el año 2023. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 11 de octubre de 2023 - **Materias**: Contabilidad pública, Seguridad Social, Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), Fondo de Reserva - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2023, el Plan General de Contabilidad Pública no contemplaba adecuadamente las entidades del sistema de la Seguridad Social, lo que generaba incoherencias en la contabilidad estatal y autonómica. La norma establece una adaptación a las nuevas reglas del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), introducidas por el Real Decreto-Ley 2/2023, que redefinió la sostenibilidad del sistema de pensiones. Esta modificación es crucial para garantizar la coherencia contable entre el Estado, las Comunidades Autónomas y la Unión Europea, alineando las prácticas con los nuevos marcos de sostenibilidad y transparencia financiera.