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Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas.

BOE-A-2023-19539Publicada: 18/09/2023MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas establece un marco para el intercambio automático de información sobre mecanismos de elusión fiscal y estructuras extraterritoriales opacas, con efectos desde el 9 de noviembre de 2022 para España. 2. **CONTEXTO** España se convierte en signataria del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas. Este acuerdo forma parte de un esfuerzo internacional para reforzar la transparencia fiscal y combatir la evasión fiscal. Fue firmado el 9 de noviembre de 2022 y entró en vigor para España el 9 de noviembre de 2022, según su artículo 6. La Secretaria General Técnica lo notificó oficialmente el 12 de septiembre de 2023. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas establece un marco jurídico para el intercambio automático de información entre las Jurisdicciones signatarias, con el objetivo de combatir la evasión fiscal mediante la transparencia y la cooperación internacional. El Acuerdo se basa en el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal y su Protocolo de enmienda, y busca reforzar la capacidad de las Jurisdicciones para hacer frente a la evasión fiscal extraterritorial. El Acuerdo establece que las Jurisdicciones signatarias se comprometen a intercambiar información automática sobre mecanismos de elusión fiscal y estructuras extraterritoriales opacas, con el fin de permitir a las autoridades fiscales de cada Jurisdicción identificar y combatir prácticas que permiten a los contribuyentes evadir sus obligaciones fiscales. En este sentido, el Acuerdo reconoce que pueden existir casos en los que los asesores profesionales y otros intermediarios continúen diseñando, comercializando o prestando asistencia para la implantación de mecanismos y estructuras extraterritoriales que pueden ser utilizados por los contribuyentes incumplidores para eludir la correcta comunicación de la información pertinente a la administración tributaria de su Jurisdicción de residencia en el marco del Estándar común de comunicación de información. El Acuerdo también establece que la terminación de la participación de una Jurisdicción no supone que la información previamente recibida en virtud del Acuerdo pierda su carácter confidencial, ni que deje de estar sujeta a los términos del Convenio. Además, el Acuerdo establece que la Secretaría del órgano de coordinación trasladará a todas las Autoridades competentes las notificaciones recibidas por razón del mismo e informará a todos los signatarios del Acuerdo de su firma por una nueva Autoridad competente. El Acuerdo se firmó en inglés y francés, siendo ambos textos igualmente auténticos. La Declaración firmada por Jesús Gascón Catalán, Secretario de Estado de Hacienda, en nombre de la Autoridad competente del Reino de España, declara que España se compromete a cumplir lo dispuesto en el Acuerdo, y que la Autoridad Competente del Reino de España pasa a considerarse signataria del Acuerdo desde el 9 de noviembre de 2022. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Acuerdo establece un marco para el intercambio automático de información sobre mecanismos de elusión fiscal y estructuras extraterritoriales opacas. España se convierte en signataria del Acuerdo el 9 de noviembre de 2022, con efectos desde esa fecha. La Secretaria General Técnica notificó oficialmente el Acuerdo el 12 de septiembre de 2023. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ España se convierte en signataria del Acuerdo Multilateral sobre intercambio automático de información relativa a mecanismos de elusión fiscal y estructuras extraterritoriales opacas. ⚠️ El Acuerdo busca reforzar la transparencia fiscal y combatir la evasión fiscal mediante el intercambio automático de información. 📋 El Acuerdo se basa en el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal y su Protocolo de enmienda. ℹ️ La terminación de la participación de una Jurisdicción no afecta la confidencialidad de la información previamente recibida. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Declaración firmada por Jesús Gascón Catalán, Secretario de Estado de Hacienda - **Tipo**: Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes - **Fecha**: 9 de noviembre de 2022 (firmado), 12 de septiembre de 2023 (notificación) - **Materias**: Derecho fiscal, cooperación internacional, transparencia fiscal, evasión fiscal - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Acuerdo Multilateral, intercambio automático de información, estructuras extraterritoriales opacas, evasión fiscal, transparencia fiscal, cooperación internacional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este acuerdo, los países europeos y estatales aplicaban sistemas de intercambio de información fiscal dispersos y menos eficaces, con limitaciones en la transparencia y la coordinación internacional. La Unión Europea (UE) había establecido mecanismos como el Estándar Común de Comunicación de Información (EOC), pero con alcance limitado. Este nuevo acuerdo multilateral representa un avance significativo al crear un marco más uniforme y obligatorio para el intercambio automático de información sobre mecanismos de elusión fiscal y estructuras extraterritoriales opacas, fortaleciendo así la lucha contra la evasión fiscal a nivel internacional.

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