Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PJC/1318/2023, de 7 de diciembre, por la que se aprueban los trazadores y marcadores que deben incorporarse a determinados hidrocarburos para la aplicación de los tipos reducidos establecidos en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

BOE-A-2023-25010Publicada: 08/12/2023MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden PJC/1318/2023, de 7 de diciembre, por la que se aprueban los trazadores y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden PJC/1318/2023 aprueba nuevos trazadores y marcadores para hidrocarburos, necesarios para aplicar tipos reducidos del Impuesto sobre Hidrocarburos y cumplir con normativa europea. 2. **CONTEXTO** La norma se enmarca en el marco de la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales, que establece condiciones para aplicar tipos reducidos en ciertos hidrocarburos. La Orden responde a la Directiva 95/60/CE y a la Decisión de Ejecución (UE) 2022/197 de la Comisión, que exige un marcador fiscal común para gasóleos y queroseno. Se deroga la anterior normativa vigente y se establece una fecha de entrada en vigor. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden PJC/1318/2023 aprueba nuevos trazadores y marcadores que deben incorporarse a ciertos hidrocarburos para aplicar los tipos reducidos del Impuesto sobre Hidrocarburos, según el artículo 50.1 de la Ley 38/1992. Estos trazadores son necesarios para la aplicación de los supuestos de exención previstos en el artículo 51.2 y la devolución en la letra b) del artículo 52 de la misma Ley. El artículo 114 del Reglamento de Impuestos Especiales (Real Decreto 1165/1995) define los marcadores como agentes aprobados por el Ministro de Economía y Hacienda, actualmente el Ministro de Hacienda y Función Pública, según el Real Decreto 2/2020. La Orden establece el nuevo marcador fiscal común para gasóleos y queroseno, conforme a la Decisión de Ejecución (UE) 2022/197, que deroga la anterior Decisión de Ejecución (UE) 2017/74. La Orden también establece que las existencias de queroseno que ya hubieran sido sometidas al régimen suspensivo antes de su entrada en vigor podrán comercializarse exclusivamente en el ámbito territorial interno hasta su agotamiento, siempre que estén envasadas en envases de capacidad no superior a 20 kilogramos. En cuanto a la derogación, se anula la Orden PRE/1724/2002, que establecía los trazadores y marcadores anteriores, así como disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a esta nueva norma. La Orden se dicta bajo la competencia del Estado en materia de Hacienda general, según el artículo 149.1.14.ª de la Constitución Española, y se incorpora al Derecho español la Decisión de Ejecución (UE) 2022/197. Finalmente, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden establece nuevos trazadores y marcadores para hidrocarburos, necesarios para aplicar tipos reducidos del Impuesto sobre Hidrocarburos. Se deroga la normativa anterior y se incorpora la normativa europea vigente. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nuevos trazadores y marcadores**: Se aprueban nuevos trazadores para aplicar tipos reducidos del Impuesto sobre Hidrocarburos. ⚠️ **Derogación de normativa anterior**: Se anula la Orden PRE/1724/2002 y otras disposiciones contrarias. 📋 **Cumplimiento europeo**: Se incorpora la Decisión de Ejecución (UE) 2022/197, que establece un marcador fiscal común. ℹ️ **Excepción para existencias ya envasadas**: Las existencias de queroseno ya envasadas pueden comercializarse hasta su agotamiento. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 7 de diciembre de 2023 - **Materias**: Impuestos Especiales, Hidrocarburos, Marcadores fiscales, Derecho Europeo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden PJC/1318/2023, la normativa sobre trazadores y marcadores en hidrocarburos se regulaba a nivel estatal mediante la Ley 38/1992 y su reglamento, sin una regulación común en la Unión Europea. La Directiva 95/60/CE y la Decisión de Ejecución (UE) 2022/197 introdujeron exigencias de marcadores fiscales comunes, lo que obligó a la adaptación nacional. Esta norma importa porque establece un marco uniforme en la UE, reemplazando la normativa anterior y asegurando la aplicación correcta de los tipos reducidos del Impuesto sobre Hidrocarburos, alineándose con los estándares comunitarios.

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