Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HFP/1414/2023 aprueba las normas sobre los gastos subvencionables para los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Transición Justa en el periodo 2021-2027. 2. **CONTEXTO** Esta norma se enmarca en el marco normativo comunitario regulado por el Reglamento (UE) 2021/1060, que establece las disposiciones comunes para los fondos europeos estructurales y de inversión. El Reglamento exige que la subvencionabilidad de los gastos se determine según normas nacionales, salvo que se establezcan normas específicas en los Reglamentos de los fondos. La Orden HFP/1414/2023 sustituye y actualiza las normas anteriores para adaptarse al nuevo periodo de programación y al nuevo Fondo de Transición Justa. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HFP/1414/2023 establece las normas nacionales sobre los gastos subvencionables para los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el Fondo de Transición Justa (FTJ) durante el periodo 2021-2027. Estas normas se fundamentan en el Reglamento (UE) 2021/1060, que establece que la subvencionabilidad de los gastos se determina según normas nacionales, salvo que se establezcan normas específicas en los Reglamentos de los fondos. La Orden HFP/1414/2023 se enmarca en el marco de la normativa previa, como la Orden HFP/1979/2016 y la Orden HAC/114/2021, que regulaban el periodo 2014-2020, y se adapta a los nuevos requisitos del periodo 2021-2027, incluyendo la incorporación del FTJ. La Orden establece que los gastos subvencionables incluyen inversiones en activos fijos, como infraestructuras, equipamiento y maquinaria, siempre que se cumplan los criterios de eficiencia y rentabilidad. También se permite la financiación del IVA soportado por los perceptores finales en relación con las inversiones, salvo cuando estas inversiones estén respaldadas por instrumentos financieros combinados con subvenciones, en cuyo caso se aplican las normas específicas de la Orden. La adquisición de terrenos es subvencionable, pero su importe está limitado a los porcentajes establecidos en la Norma 7 de la Orden. Las contribuciones en especie no son subvencionables en relación con los instrumentos financieros. En cuanto al capital de explotación, se define como la diferencia entre el activo corriente y el pasivo corriente de una empresa según la normativa contable nacional. Para que este capital sea subvencionable, debe cumplir con requisitos específicos y justificarse en el acuerdo de financiación para cada categoría de operaciones. Además, la Orden establece que las normas contenidas en esta disposición son de aplicación supletoria a las normas específicas que puedan establecerse para cada programa del objetivo de cooperación territorial europea, según el Reglamento (UE) 2021/1059. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HFP/1414/2023 establece las normas nacionales sobre los gastos subvencionables para los programas financiados por el FEDER y el FTJ en el periodo 2021-2027. Se basa en el Reglamento (UE) 2021/1060 y adapta las normas previas para cumplir con los nuevos requisitos del periodo de programación. Establece criterios claros para la subvencionabilidad de inversiones, el IVA, la adquisición de terrenos y el capital de explotación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Subvencionabilidad de gastos**: Se establecen criterios claros para la subvencionabilidad de inversiones, IVA, adquisición de terrenos y capital de explotación. ⚠️ **Normativa supletoria**: Las normas de la Orden son de aplicación supletoria a las normas específicas de los programas. 📋 **Adaptación al nuevo periodo**: Se adapta a los nuevos requisitos del periodo 2021-2027, incluyendo el Fondo de Transición Justa. ℹ️ **Jerarquía normativa**: Se basa en el Reglamento (UE) 2021/1060 y en normas anteriores como la Orden HFP/1979/2016. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 27 de diciembre de 2023 - **Materias**: Fondos europeos, subvencionabilidad, gastos, programas, normativa financiera - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: FEDER, FTJ, subvencionabilidad, gastos, Reglamento (UE) 2021/1060, normativa financiera, inversión, IVA, capital de explotación ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HFP/1414/2023, las normas sobre gastos subvencionables para los fondos europeos como el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el Fondo de Transición Justa (FTJ) se regulaban en marcos estatales y autonómicos, con diferencias entre las Comunidades Autónomas. La Orden sustituye estas normas anteriores, alineándose con el Reglamento (UE) 2021/1060, que exige que las normas nacionales prevalezcan salvo en casos específicos. Esta actualización es relevante para garantizar coherencia y transparencia en la gestión de los fondos, facilitando la concesión de subvenciones de forma uniforme y conforme a los nuevos plazos de programación 2021-2027.