Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden HFP/1284/2023, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 430 de «Impuesto sobre las primas de seguros. Autoliquidación» y se determina la forma y procedimiento para su presentación, y se modifican las órdenes ministeriales que aprueban los diseños de registro de los modelos 165, 180, 184, 188, 189, 193, 194, 196, 198, 296 y se actualiza el contenido de los anexos I y II de la orden ministerial que aprueba el modelo 289.

BOE-A-2023-26332Publicada: 27/12/2023MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden HFP/1284/2023, de 28 de noviembre, por la que ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HFP/1284/2023, de 28 de noviembre, se corrige para corregir un error en el apartado Dos del artículo 9, en la página 159333 del Boletín Oficial del Estado. 2. **CONTEXTO** La Orden HFP/1284/2023 establece el modelo 430 para la autoliquidación del Impuesto sobre las primas de seguros y modifica otros modelos de registro. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 30 de noviembre de 2023. Posteriormente, se detectó un error en el texto de dicha orden, que fue corregido mediante una corrección de errores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La corrección de errores de la Orden HFP/1284/2023, de 28 de noviembre, se refiere específicamente al apartado Dos del artículo 9, en la página 159333 del Boletín Oficial del Estado. En el texto original, se mencionaba que la renta con valor 22 (retribuciones de administradores y miembros de Consejos de Administración) se aplicaba únicamente cuando el pagador fuera persona física. Sin embargo, en la versión corregida, se incluye la posibilidad de que, si el pagador fuera persona jurídica o establecimiento permanente, una renta se pudiera entender obtenida simultáneamente en ambos territorios. Esta corrección se realiza para garantizar que el modelo 430 se aplique correctamente en todos los casos, especialmente en aquellos donde se involucran entidades jurídicas o establecimientos permanentes. La corrección afecta a la redacción del apartado Dos del artículo 9, donde se especifica que, cuando el tipo de renta tenga los valores 1, 2, 3 a 11, 12, 13 o 22, se debe cumplimentar el “Anexo de desglose de retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra” (Tipo de Hoja “F”) si el ingreso de las retenciones o ingresos a cuenta se reparte entre el Estado y las Haciendas Forales en proporción al volumen de operaciones. La redacción original omitía la posibilidad de que, en el caso de persona jurídica o establecimiento permanente, una renta se pudiera entender obtenida simultáneamente en ambos territorios, lo cual podría generar confusiones en la aplicación del modelo 430. Esta corrección se realiza en el marco del Concierto Económico con el País Vasco y el Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra, que regulan la distribución de la base imponible y la retención de impuestos en estas comunidades autónomas. La inclusión de la posibilidad de que una renta se pudiera entender obtenida simultáneamente en ambos territorios es relevante para garantizar la correcta aplicación del modelo 430 en situaciones complejas donde se involucran múltiples jurisdicciones. Además, la corrección se realiza para actualizar el contenido de los anexos I y II de la orden ministerial que aprueba el modelo 289, lo cual refleja la necesidad de mantener actualizada la normativa fiscal relacionada con los modelos de registro y autoliquidación. Esta actualización es fundamental para asegurar que los contribuyentes y los organismos recaudadores tengan una base legal clara y precisa para la aplicación de los modelos fiscales. En resumen, la corrección de errores en la Orden HFP/1284/2023 busca garantizar la precisión y la coherencia de la normativa fiscal, especialmente en materia de autoliquidación del Impuesto sobre las primas de seguros, y en la aplicación de los modelos de registro en contextos que involucran múltiples jurisdicciones. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La corrección de errores en la Orden HFP/1284/2023 busca garantizar la precisión en la aplicación del modelo 430. Se corrigió un error en el apartado Dos del artículo 9, incluyendo la posibilidad de que una renta se pudiera entender obtenida simultáneamente en ambos territorios. Esta corrección es relevante para la correcta aplicación de la normativa fiscal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigió un error en la Orden HFP/1284/2023, de 28 de noviembre, en el apartado Dos del artículo 9. ⚠️ **Aplicación en múltiples territorios**: Se incluyó la posibilidad de que una renta se pudiera entender obtenida simultáneamente en ambos territorios. 📋 **Relevancia normativa**: La corrección afecta a la aplicación del modelo 430 y a la distribución de retenciones entre el Estado y las Haciendas Forales. ℹ️ **Contexto legal**: La corrección se realiza en el marco del Concierto Económico con el País Vasco y el Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Estatal - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de noviembre de 2023 - **Materias**: Impuesto sobre las primas de seguros, modelos de registro, autoliquidación, Concierto Económico, Convenio Económico - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HFP/1284/2023, el modelo 430 para la autoliquidación del Impuesto sobre las primas de seguros no contemplaba adecuadamente la aplicación de la renta con valor 22 en casos de pagadores jurídicos o establecimientos permanentes. Esta norma, vigente a nivel estatal, fue modificada posteriormente para adaptarse a la normativa de las Comunidades Autónomas y la Unión Europea, que exigen una mayor precisión en la determinación de la base imponible. La importancia de esta corrección radica en garantizar la coherencia entre el modelo 430 y el marco jurídico aplicable, evitando errores en la declaración y asegurando el cumplimiento fiscal correcto.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →