Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de retenciones e ingresos a cuenta.

BOE-A-2024-2249Publicada: 07/02/2024MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 142/2024 modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para ajustar las cuantías de retención e ingreso a cuenta en relación con los rendimientos del trabajo, en línea con el salario mínimo interprofesional. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1039/2022 elevó las cuantías de los rendimientos íntegros del trabajo a partir de las cuales se aplicaba retención o ingreso a cuenta. Sin embargo, tras la subida del salario mínimo interprofesional a 15.876 euros anuales, se consideró necesario revisar el régimen de retenciones para evitar afectar a quienes perciben salarios iguales o inferiores al salario mínimo. El Real Decreto 142/2024 busca armonizar estas normas y evitar que contribuyentes con salarios por debajo del salario mínimo soporten retenciones innecesarias. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de retenciones e ingresos a cuenta. La principal novedad consiste en la actualización de las cuantías que determinan la obligación de retener o ingresar a cuenta en los rendimientos del trabajo. Según el texto, el artículo único del Real Decreto introduce modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el fin de calcular el tipo de retención o ingreso a cuenta aplicable a los rendimientos que se satisfagan o abonen a partir de la fecha de entrada en vigor del Real Decreto. Estas modificaciones se refieren específicamente a la nueva redacción en vigor del artículo 81 y de la letra d) del apartado 3 del artículo 83 del Reglamento. Estas modificaciones buscan regularizar, si procede, el tipo de retención o ingreso a cuenta en los primeros rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir de dicha fecha. No obstante, el Real Decreto permite a opción del pagador realizar esta regularización en los primeros rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir del mes siguiente a la entrada en vigor del Real Decreto. En este caso, el tipo de retención o ingreso a cuenta a practicar sobre los rendimientos del trabajo satisfechos con anterioridad a esta fecha se determinará tomando en consideración lo dispuesto en el primer párrafo de esta disposición transitoria. Además, el Real Decreto incluye una disposición final primera que establece que el texto se aprueba al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia en materia de Hacienda general. Por otro lado, la disposición final segunda establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y que lo dispuesto en el artículo único tendrá efectos desde la entrada en vigor de este real decreto. El Real Decreto también menciona la necesidad de una posterior elevación de la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo regulada en el artículo 20 y de la obligación de declarar regulada en el artículo 96, ambos de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, con la finalidad de permitir que la rebaja en la cuantía de la retención derivada del nuevo marco reglamentario se consolide en la declaración anual en caso de estar obligado a su presentación. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 142/2024 actualiza el régimen de retenciones e ingresos a cuenta en materia de rendimientos del trabajo, en línea con el salario mínimo interprofesional. La medida busca evitar que contribuyentes con salarios por debajo de este límite soporten retenciones innecesarias. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ajuste de cuantías**: Se actualizan las cuantías de retención e ingreso a cuenta en línea con el salario mínimo interprofesional. ⚠️ **Regulación transitoria**: Se permite a los pagadores elegir entre regularizar los primeros rendimientos del trabajo a partir de la entrada en vigor del Real Decreto o a partir del mes siguiente. 📋 **Efectos desde la entrada en vigor**: Las modificaciones tienen efecto desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto. ℹ️ **Concordancia con la Ley 35/2006**: Se prevé una posterior modificación de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y la obligación de declarar. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 142/2024 - **Tipo**: Modificación de norma - **Fecha**: 6 de febrero de 2024 - **Materias**: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, retenciones, ingresos a cuenta, salario mínimo interprofesional - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 142/2024, el régimen de retenciones e ingresos a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas estaba establecido por el Real Decreto 439/2007, sin considerar la subida del salario mínimo interprofesional. El Real Decreto 1039/2022 había ya elevado las cuantías de retención, pero tras la subida del salario mínimo a 15.876 euros, se generó una discrepancia entre las normas estatales y las aplicables en las Comunidades Autónomas, que en algunos casos mantenían umbrales más altos. Esta disparidad generaba inseguridad jurídica y afectaba a contribuyentes con salarios por debajo del mínimo. El Real Decreto 142/2024 busca armonizar estas normas, evitando que quienes perciben salarios mínimos o inferiores sufran retenciones innecesarias, garantizando una aplicación más justa y coherente del sistema fiscal.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →