ResoluciónNacionalvigente

Acuerdo Administrativo con la Agencia Estatal de Investigación sobre coordinación relativa a la Ejecución de las contribuciones nacionales, hecho en Madrid y Luxemburgo el 15 y 17 de enero de 2024.

BOE-A-2024-2473Publicada: 10/02/2024MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Acuerdo Administrativo con la Agencia Estatal de Investigación sobre coordinació ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Acuerdo Administrativo establece una coordinación entre la Agencia Estatal de Investigación (AEI) y la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento (EuroHPC JU) para la ejecución de las contribuciones nacionales, con el objetivo de garantizar una buena administración y simplificación para los beneficiarios. 2. **CONTEXTO** Este acuerdo se firmó entre España y Luxemburgo el 15 y 17 de enero de 2024, con el propósito de alinear las prácticas de la AEI con las normas de la Empresa Común EuroHPC. La AEI actúa como una de las autoridades nacionales de financiación, mientras que EuroHPC JU es una entidad europea que coordina proyectos de computación de alto rendimiento. El acuerdo busca facilitar la ejecución de subvenciones nacionales complementarias en los programas de la UE. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo Administrativo entre la Agencia Estatal de Investigación (AEI) y la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento (EuroHPC JU) establece un marco de coordinación para la ejecución de las contribuciones nacionales, con el objetivo de garantizar una buena administración y simplificación para los beneficiarios. La AEI se compromete a seguir, siempre que sea posible, las normas del programa de la UE y de la Empresa Común al ejecutar sus contribuciones nacionales, en cumplimiento del artículo 8 del Reglamento de la Empresa Común EuroHPC. Este artículo también establece que ambas partes se esforzarán por reforzar sus contactos mutuos, garantizar la coordinación y la cooperación, y fomentar el intercambio de información durante la ejecución de las subvenciones. En el apartado 2, se establece que la AEI y EuroHPC JU se informarán mutuamente sobre su programación, y la AEI deberá comunicar a EuroHPC JU, en un plazo de 30 días desde la solicitud del Director Ejecutivo, la lista de convocatorias en las que participará aportando subvenciones nacionales complementarias, junto con el presupuesto máximo indicativo de financiación nacional. El acuerdo también incluye disposiciones sobre el tratamiento de datos personales, citando el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y el Reglamento (UE) 2018/1725, que regulan la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos. Estas normas se aplican a las actividades de la AEI y EuroHPC JU, garantizando la protección de la privacidad de los beneficiarios. En cuanto a la terminación del acuerdo, se establece que si la AEI decide adherirse a la Gestión Financiera Centralizada de las Contribuciones Nacionales (CFMC), deberá firmar un nuevo acuerdo sobre CFMC, lo cual implicará automáticamente la terminación del presente acuerdo. Sin embargo, la AEI seguirá vinculada por las obligaciones contraídas en convocatorias anteriores. Finalmente, el acuerdo establece que las disposiciones de coordinación se aplicarán a las convocatorias durante todo su ciclo de vida, incluyendo la aplicación de los acuerdos de subvención subsiguientes y los controles a posteriori tras su finalización. Además, el acuerdo seguirá siendo aplicable durante toda la duración de la Empresa Común, según lo establecido en el artículo 1.1 del Reglamento de la Empresa Común. El acuerdo fue firmado en Madrid y Luxemburgo el 15 y 17 de enero de 2024, y entró en vigor el 17 de enero de 2024, fecha de la última firma. Fue registrado en Madrid el 5 de febrero de 2024 por la Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El acuerdo establece un marco de coordinación entre la AEI y EuroHPC JU para la ejecución de contribuciones nacionales. Se aplican normas de la UE sobre protección de datos y se establecen mecanismos de comunicación y terminación del acuerdo. El objetivo es garantizar una administración eficiente y simplificada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Coordinación entre AEI y EuroHPC JU** para la ejecución de contribuciones nacionales. ⚠️ **Aplicación de normas de la UE**, incluyendo el RGPD y el Reglamento (UE) 2018/1725. 📋 **Plazo de 30 días** para la comunicación de convocatorias y presupuestos. ℹ️ **Terminación automática** del acuerdo si se firma un acuerdo sobre CFMC. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Europea - **Fuente**: Acuerdo Administrativo entre la Agencia Estatal de Investigación y la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento - **Tipo**: Acuerdo Administrativo - **Fecha**: 17 de enero de 2024 - **Materias**: Financiación, cooperación internacional, protección de datos, subvenciones, coordinación institucional - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este acuerdo, las normas de coordinación entre las administraciones estatal y autonómica, así como con instituciones europeas, eran dispersas y no siempre alineadas, lo que generaba complejidades en la gestión de subvenciones y contribuciones nacionales. Este acuerdo establece un marco claro entre la Agencia Estatal de Investigación (AEI) y EuroHPC JU, facilitando la ejecución de contribuciones nacionales en el marco de los programas de la UE. Su importancia radica en la simplificación de trámites y la mejora de la eficiencia en la gestión de recursos, alineando prácticas nacionales con normativas europeas.

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