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Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del PIB previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

BOE-A-2024-2324Publicada: 08/02/2024MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 7 de febrero de 2024 establece las instrucciones para el pago del incremento retributivo complementario del 0,5% al personal del Sector Público Estatal, vinculado al PIB, previsto en la Ley 31/2022. 2. **CONTEXTO** La Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para 2023 incluye un aumento del 0,5% de las retribuciones del personal del Sector Público, vinculado al PIB. Este incremento complementario se aplicó a partir del 1 de enero de 2023. El Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024 aprobó este incremento, que se abonará en la nómina de febrero de 2024. La presente Resolución detalla cómo se aplicará este aumento y cómo se abonarán los atrasos desde enero de 2023. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 7 de febrero de 2024, dictada por la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, establece instrucciones detalladas para el pago del incremento retributivo complementario del 0,5% al personal del Sector Público Estatal, vinculado a la evolución del PIB, previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Este incremento se aplicó a partir del 1 de enero de 2023, pero se abonará en la nómina de febrero de 2024, salvo en casos excepcionales. El cálculo del incremento se realizará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022. Los atrasos desde enero de 2023 se abonarán en los mismos términos. Además, la Resolución establece que los acuerdos de distribución del incremento no requerirán informes y autorizaciones previstos en el artículo 34, siempre que los acuerdos de distribución previos para el incremento general del 2,5% o el incremento adicional del 0,5% vinculado al IPCA hayan obtenido dichas autorizaciones. En este caso, bastará con la comunicación a las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Función Pública. La Resolución también incluye un modelo de solicitud para el abono de los atrasos, que se debe presentar mediante procedimientos electrónicos. Finalmente, se indica que las cuantías retributivas del año 2023, tras aplicar el incremento del 0,5%, están disponibles en el portal de la Administración Presupuestaria. La norma se fundamenta en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, que establece el incremento del 0,5% vinculado al PIB, y en el artículo 34, que regula los informes y autorizaciones necesarios para la distribución de los incrementos retributivos. La Resolución se complementa con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024, que aprobó el incremento. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece cómo se aplicará el incremento retributivo del 0,5% al personal del Sector Público Estatal, vinculado al PIB. Se detallan los términos de abono, los atrasos y los procedimientos de distribución. La norma se basa en la Ley 31/2022 y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aplicación del incremento del 0,5%**: Se aplica a partir del 1 de enero de 2023, pero se abonará en febrero de 2024. ⚠️ **Atrasos desde enero de 2023**: Se abonarán en la misma nómina en que se pague el incremento. 📋 **Procedimientos electrónicos**: Las solicitudes y comunicaciones deben realizarse mediante medios electrónicos. ℹ️ **Modelo de solicitud**: Se incluye un formulario para solicitar el abono de los atrasos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 7 de febrero de 2024 - **Materias**: Presupuestos, retribuciones, personal público, incrementos salariales, PIB - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2024, el incremento retributivo del 0,5% vinculado al PIB ya existía en el marco de la Ley 31/2022, aplicable al Sector Público Estatal. Sin embargo, antes de esta norma, las CCAA y la UE tenían sistemas propios de ajuste salarial, con criterios distintos, lo que generaba desigualdades y falta de armonización. La importancia de esta resolución radica en que establece un marco claro para la aplicación del incremento, garantizando su cumplimiento y evitando incertidumbres, lo cual es fundamental para la transparencia y equidad en el sector público.

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