Orden HAC/296/2024, de 20 de marzo, por la que se regula el procedimiento telemático de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/296/2024, de 20 de marzo, por la que se regula el procedimiento telemá ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/296/2024 establece el procedimiento telemático para la obtención, formulación, aprobación y rendición de cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, derogando la Orden EHA/567/2009. 2. **CONTEXTO** Esta norma se dicta en cumplimiento de la habilitación prevista en el artículo 124.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. La Orden EHA/567/2009 establecía ya el procedimiento telemático para las cuentas anuales, pero ha sido necesario actualizarlo varias veces debido a cambios en el formato de los ficheros y en las especificaciones técnicas. La presente orden sustituye a la anterior y se aplica a partir del ejercicio 2023. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/296/2024 regula el procedimiento telemático para la obtención, formulación, aprobación y rendición de cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. Este procedimiento se lleva a cabo mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos, según lo establecido en el artículo 124.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. La Orden EHA/567/2009, de 4 de marzo, fue derogada por la presente norma, lo que implica que su contenido queda sustituido por el nuevo procedimiento establecido. La Orden HAC/296/2024 establece que las cuentas anuales se remiten al Tribunal de Cuentas mediante medios telemáticos, y que, desde la fecha de remisión, se aplican los plazos previstos en la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas, salvo que se establezcan otros plazos por norma de rango suficiente o se interrumpa la prescripción de la responsabilidad contable. En cuanto a la publicación de las cuentas anuales, el artículo 4 de la Orden establece que la Intervención General de la Administración del Estado publicará las cuentas anuales en el portal de la Administración presupuestaria, dentro del canal «Registro de cuentas anuales del sector público», mediante el enlace a la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es). Además, la Intervención General publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la referencia al «Registro de cuentas anuales del sector público» el día 31 de julio, según lo previsto en el artículo 136.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. La Orden también incluye una disposición derogatoria única, mediante la cual se derogaban todas las normas de igual o inferior rango que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente orden, incluida la Orden EHA/567/2009. Además, se establece una disposición final única que indica que la presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y será aplicable a las cuentas anuales del ejercicio 2023 y siguientes. En cuanto a la publicación de las cuentas anuales, el artículo 4 de la Orden establece que la Intervención General de la Administración del Estado publicará las cuentas anuales en el portal de la Administración presupuestaria, dentro del canal «Registro de cuentas anuales del sector público», mediante el enlace a la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es). Además, la Intervención General publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la referencia al «Registro de cuentas anuales del sector público» el día 31 de julio, según lo previsto en el artículo 136.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. La Orden HAC/296/2024 se aplica a las cuentas anuales del ejercicio 2023 y siguientes, lo que implica que las entidades integrantes del sistema de la Seguridad Social deben adaptarse a los nuevos procedimientos telemáticos establecidos en esta norma. La derogación de la Orden EHA/567/2009 significa que los procedimientos previamente establecidos quedan sustituidos por los nuevos, lo que implica una actualización importante en el marco normativo aplicable a las cuentas anuales de estas entidades. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/296/2024 establece un nuevo procedimiento telemático para la obtención, formulación, aprobación y rendición de cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, derogando la Orden EHA/567/2009. La norma se aplica a partir del ejercicio 2023 y establece nuevos plazos y requisitos para la publicación de las cuentas anuales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento telemático**: La norma establece el uso de medios electrónicos, informáticos o telemáticos para la obtención, formulación, aprobación y rendición de cuentas anuales. ⚠️ **Derogación de la Orden EHA/567/2009**: La Orden anterior queda derogada, lo que implica que su contenido se sustituye por el nuevo procedimiento establecido. 📋 **Publicación de cuentas**: Las cuentas anuales se publican en el portal de la Administración presupuestaria y en el «Boletín Oficial del Estado». ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se aplica a las cuentas anuales del ejercicio 2023 y siguientes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAC/296/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 20 de marzo de 2024 - **Materias**: Cuentas anuales, Tribunal de Cuentas, Seguridad Social, procedimiento telemático - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HAC/296/2024, el procedimiento para la obtención y rendición de cuentas anuales de las entidades del sistema de la Seguridad Social se regulaba mediante la Orden EHA/567/2009, que establecía un marco telemático pero con limitaciones técnicas y formativas. Esta norma, vigente hasta 2023, fue modificada varias veces para adaptarse a cambios en los requisitos técnicos y en el formato de los ficheros. La nueva orden introduce una actualización integral, alineada con la normativa estatal y europea, que busca mejorar la eficiencia y la transparencia en el proceso, reflejando una evolución hacia sistemas más digitalizados y estandarizados, en consonancia con los estándares de la UE y la necesidad de simplificación administrativa.