Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energétic ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 11 de marzo de 2024 establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 19 de marzo de 2024. 2. **CONTEXTO** La norma se dicta en el marco de la regulación del sector de hidrocarburos, con base en la Ley 34/1998 y la Ley 24/2005. La Dirección General de Política Energética y Minas, en ejercicio de su competencia, establece los precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, con efectos a partir del 19 de marzo de 2024. La norma también regula la aplicación de los nuevos precios a los suministros pendientes de ejecución y a las facturaciones correspondientes al período que incluye dicha fecha. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 11 de marzo de 2024, publicada por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 19 de marzo de 2024. Esta norma se fundamenta en el artículo 94 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, que otorga al Ministro de Industria, Energía y Turismo la facultad de dictar disposiciones para el establecimiento de las tarifas de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, así como los precios de cesión para los distribuidores. Asimismo, se apoya en el artículo 12.1 de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Reformas para el Impulso a la Productividad, que establece que mediante orden ministerial, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se dictarán las disposiciones necesarias para el establecimiento de las tarifas de venta del gas natural, gases manufacturados y gases licuados del petróleo por canalización, con valores concretos o sistema de determinación automática. La Resolución establece que los nuevos precios se aplicarán a partir del 19 de marzo de 2024, aunque los pedidos correspondientes tengan fecha anterior. Se entienden por suministros pendientes de ejecución aquellos que aún no se hayan realizado o se encuentren en fase de realización a las cero horas del día 19 de marzo de 2024. En cuanto a las facturaciones correspondientes a los suministros de gases licuados del petróleo por canalización medidos por contador, relativas al período que incluya la fecha del 19 de marzo de 2024, o en su caso del día a partir del cual produzcan efectos o entren en vigor otras resoluciones u órdenes anteriores o posteriores relativas al mismo período de facturación, se calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo total correspondiente al período facturado a los días anteriores y posteriores a cada una de dichas fechas, aplicando a los consumos resultantes del reparto los precios que correspondan a las distintas resoluciones u órdenes aplicables. Las empresas distribuidoras de gases licuados del petróleo por canalización deberán adoptar las medidas necesarias para la determinación de los consumos periódicos efectuados por cada uno de sus clientes, a efectos de proceder a la correcta aplicación de los precios de gases licuados del petróleo por canalización a que se refiere la presente resolución. La Resolución será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde el 19 de marzo de 2024. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 19 de marzo de 2024. Estos precios se aplican a todos los suministros, incluyendo los pendientes de ejecución. Las empresas distribuidoras deben adaptar sus facturaciones y aplicar los nuevos precios correctamente. La norma permite interponer recurso de alzada en un mes desde su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de nuevos precios**: Se fijan los precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 19 de marzo de 2024. ⚠️ **Aplicación a suministros pendientes**: Los precios se aplican a todos los suministros, incluso aquellos con fecha de pedido anterior al 19 de marzo. 📋 **Procedimiento de facturación**: Las facturaciones se calculan repartiendo proporcionalmente el consumo entre los días antes y después de la fecha de aplicación. ℹ️ **Vía de recurso**: Se permite interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en un mes desde la publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 11 de marzo de 2024 - **Materias**: Energía, hidrocarburos, precios, distribución, facturación - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2024, los precios de los gases licuados del petróleo por canalización estaban regulados a nivel estatal mediante la Ley 34/1998 y la Ley 24/2005, sin diferenciación entre comunidades autónomas ni la Unión Europea. Esta norma introduce un marco más específico y actualizado, adaptándose a la evolución del mercado energético y a las necesidades de regulación más precisa. La importancia radica en que establece un marco común para el sector, facilitando la transparencia y la aplicación uniforme de los precios, lo que afecta directamente a consumidores, empresas y autoridades regionales en la gestión de recursos energéticos.