Resolución de 22 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se desarrolla la información a suministrar por las Corporaciones Locales relativa al esfuerzo fiscal de 2022 y su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 22 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Financiación Au ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 22 de febrero de 2024 establece la información que deben suministrar las Corporaciones Locales sobre su esfuerzo fiscal de 2022, así como las normas para su comprobación por las Delegaciones de Economía y Hacienda, con plazo final el 30 de junio de 2024. 2. **CONTEXTO** La Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, fue prorrogada para 2024 por disposición constitucional y legal. El Real Decreto-ley 8/2023 actualizó las normas para el cálculo del esfuerzo fiscal de 2022. La presente resolución se dicta para cumplir con el plazo establecido en el artículo 116 de la Ley 31/2022, que establece el 30 de junio de 2024 como fecha límite. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 22 de febrero de 2024, dictada por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, desarrolla la información que deben suministrar las Corporaciones Locales sobre su esfuerzo fiscal de 2022, con el fin de permitir la comprobación por las Delegaciones de Economía y Hacienda. La norma se fundamenta en el apartado 2 del artículo 116 de la Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que establece el 30 de junio de 2024 como fecha límite para la presentación de dicha información. La presentación se realizará mediante transmisión telemática con firma electrónica, a través de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales del portal del Ministerio de Hacienda. El apartado 1 de la resolución establece que los ayuntamientos deberán remitir información básica y complementaria sobre su esfuerzo fiscal de 2022. Esta información incluye datos sobre recaudación, bases imponibles y cuotas tributarias, así como documentación complementaria. En el apartado 2, se detalla que, en caso de haber incluido compensaciones por beneficios fiscales en los Impuestos sobre Bienes Inmuebles o sobre Actividades Económicas, las Delegaciones de Economía y Hacienda deberán acompañar una relación con los nombres de los municipios afectados y los importes correspondientes a cada compensación. Si no se han incluido estas compensaciones, se deberá especificar esta circunstancia. En el apartado 3, se establece que, en caso de que la recaudación del IAE supere a la cuota tributaria municipal, la Delegación correspondiente deberá acompañar una relación de los municipios afectados, especificando el motivo de esta circunstancia. El apartado 4 detalla que la información debe ser remitida a todos los ayuntamientos el 30 de octubre de 2024 o el siguiente día hábil. El apartado 5 establece que los plazos señalados en la resolución podrán ser prorrogados de oficio, según lo previsto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Finalmente, el apartado 6 indica que la resolución debe ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece la obligación de los ayuntamientos de presentar información sobre su esfuerzo fiscal de 2022, con plazo final el 30 de junio de 2024. La información debe ser remitida mediante transmisión telemática con firma electrónica, y se acompañará documentación complementaria en ciertos casos. Los plazos pueden ser prorrogados de oficio, y la resolución debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Plazo final**: 30 de junio de 2024 para la presentación de la información sobre el esfuerzo fiscal de 2022. ⚠️ **Forma de presentación**: Solo mediante transmisión telemática con firma electrónica. 📋 **Documentación complementaria**: Debe incluirse en ciertos casos, como compensaciones fiscales o excedentes en la recaudación del IAE. ℹ️ **Prórroga de plazos**: Posible de oficio según el artículo 32 de la Ley 39/2015. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 22 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 22 de febrero de 2024 - **Materias**: Hacienda local, esfuerzo fiscal, Presupuestos Generales del Estado, procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución de 2024, el esfuerzo fiscal de las Corporaciones Locales estaba regulado por normas estatales y autonómicas, con marcos jurídicos que variaban según la comunidad autónoma y el sistema estatal. La Ley 31/2022 y el Real Decreto-ley 8/2023 establecieron un marco común para el cálculo y la comprobación del esfuerzo fiscal, pero no detallaron la información específica a suministrar. Esta resolución completa el marco legal, alienta la transparencia y la uniformidad en la aplicación del esfuerzo fiscal, lo cual es crucial para garantizar la equidad financiera entre las administraciones locales y el cumplimiento de los compromisos presupuestarios.