Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAC/498/2024, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, por la que se aprueban el formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, el contenido de la solicitud de devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melill

BOE-A-2024-10681Publicada: 28/05/2024MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/498/2024, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden EHA/789/2010, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/498/2024 modifica el formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido, incorporando nuevos requisitos y procedimientos para la presentación electrónica de solicitudes de devolución. 2. **CONTEXTO** La Orden HAC/498/2024 se basa en el Real Decreto 1171/2023, que modificó el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta norma introduce cambios en el procedimiento de devolución, incluyendo la obligación de adjuntar copias electrónicas de facturas y la supresión de la necesidad de aportar previamente documentos de representación. La Orden HAC/498/2024 adapta el formulario 360 para reflejar estos cambios. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/498/2024, de 21 de mayo de 2024, modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, que aprueba el formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido. El principal cambio consiste en la adaptación del formulario 360 para reflejar las modificaciones introducidas por el Real Decreto 1171/2023. Este último añadió dos nuevos números, 4.º y 5.º, a la letra d) del apartado 1 del artículo 31 bis del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre. El nuevo número 4.º del artículo 31 bis 1.d) permite al Ministerio de Hacienda exigir que la solicitud de devolución se acompañe de copia electrónica de las facturas o documentos de importación cuando la base imponible supere 1.000 euros en general o 250 euros en el caso del carburante. El nuevo número 5.º suprime la necesidad de aportar previamente el documento acreditativo de la representación exigido por el apartado 1.1 del artículo 119 bis de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre. Como consecuencia, la Orden HAC/498/2024 modifica el artículo 8 de la Orden EHA/789/2010, incorporando estos nuevos requisitos al formulario 360. Además, se establece que la presentación electrónica de la solicitud debe realizarse mediante un sistema de identificación y autenticación basado en certificado electrónico reconocido, emitido según la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica. En el caso de personas físicas, también se permite el uso del sistema Cl@ve, basado en clave de acceso en un registro previo como usuario, según el anexo III de la Resolución de 17 de noviembre de 2011, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. El formulario 361, que se ajusta al modelo 361, debe cumplimentarse y transmitirse electrónicamente a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en la dirección https://www.agenciatributaria.gob.es. En caso de detectarse anomalías formales en la transmisión electrónica, el sistema informará al presentador mediante mensajes de error, permitiéndole subsanar dichas anomalías. El anexo II de la Orden EHA/789/2010 se sustituye por el anexo de la Orden HAC/498/2024. La presente orden entrará en vigor el 1 de julio de 2024 y se aplicará a todas las solicitudes presentadas a partir de esa fecha. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/498/2024 actualiza el formulario 360 para adaptarse a las modificaciones introducidas en el procedimiento de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido. Estas modificaciones incluyen la obligación de adjuntar copias electrónicas de documentos y la supresión de la necesidad de aportar previamente documentos de representación. La orden entrará en vigor el 1 de julio de 2024. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones al formulario 360**: Se actualiza para reflejar los cambios en el procedimiento de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido. ⚠️ **Nuevos requisitos**: Se exige la copia electrónica de documentos cuando la base imponible supere ciertos importes. 📋 **Sistema de identificación**: Se requiere certificado electrónico o sistema Cl@ve para la presentación electrónica. ℹ️ **Fecha de entrada en vigor**: La orden entrará en vigor el 1 de julio de 2024. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAC/498/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 21 de mayo de 2024 - **Materias**: Impuesto sobre el Valor Añadido, procedimiento de devolución, presentación electrónica, certificado electrónico - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/498/2024, el procedimiento de devolución del IVA para empresarios y profesionales establecidos en las Comunidades Autónomas, Islas Canarias, Ceuta o Melilla seguía las normas establecidas en la Orden EHA/789/2010, que no contemplaba la obligación de adjuntar copias electrónicas de facturas ni la supresión de documentos de representación. Esta norma se alineaba con el marco estatal y la legislación de la UE, que en ese momento no exigía cambios tan específicos en el formulario 360. La importancia de esta modificación radica en que refleja una adaptación más eficiente y digitalizada del procedimiento, alineándose con las actualizaciones del Reglamento del IVA y mejorando la transparencia y la eficacia en la gestión de las solicitudes de devolución.

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