Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAC/372/2024, de 25 de abril, por la que se modifica la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.

BOE-A-2024-8479Publicada: 27/04/2024MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/372/2024, de 25 de abril, por la que se modifica la Orden HFP/147/2022 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/372/2024 modifica la Orden HFP/147/2022 para incorporar nuevas disposiciones sobre el tramitación de expedientes de transferencias de crédito entre secciones del Ministerio de Hacienda que afecten al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. 2. **CONTEXTO** La Orden HAC/372/2024 se emite con el objetivo de adaptar los procedimientos de tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. Esta modificación responde a la necesidad de ajustar los procesos en función de las disposiciones legales vigentes, especialmente en materia de transferencias de crédito entre secciones del Ministerio de Hacienda. La norma se basa en el Real Decreto-ley 36/2020 y en las leyes de presupuestos posteriores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/372/2024 introduce una nueva disposición adicional tercera en la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. Esta disposición regula el procedimiento para tramitar expedientes de transferencias de crédito entre secciones del Ministerio de Hacienda que afecten al servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia». La nueva disposición establece que el Ministerio de Hacienda iniciará el procedimiento de oficio a iniciativa propia, formulando una memoria que justifique la necesidad de la modificación de crédito. Los Departamentos Ministeriales destinatarios de los créditos recogidos en el expediente deberán formular, a petición de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, la correspondiente memoria justificativa de sus necesidades, en los términos recogidos en el artículo 3 de la presente orden. Asimismo, la Dirección General de Presupuestos, previa solicitud a la Oficina Presupuestaria de las secciones financiadoras de la transferencia, incorporará al expediente los documentos de retención de crédito RC 101 que financien la transferencia, certificando la existencia de crédito. En el caso de expedientes que afecten a más de dos secciones presupuestarias, el informe preceptivo de la intervención delegada será sustituido por un informe de la Intervención General de la Administración del Estado, que requerirá la información necesaria para su emisión. Además, el informe mencionado anteriormente, junto con el informe de la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, recogido en el artículo 3 de la presente orden, se emitirán a petición de la Dirección General de Presupuestos. Este informe no tendrá carácter vinculante. Finalmente, la Dirección General de Presupuestos formulará la propuesta de resolución del expediente de transferencia de crédito, que sustituirá al informe de la oficina presupuestaria, y lo remitirá a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, que lo someterá, en su caso, al titular del Ministerio de Hacienda, para su elevación al Consejo de Ministros. La Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/372/2024 introduce modificaciones en el procedimiento de tramitación de expedientes de transferencias de crédito entre secciones del Ministerio de Hacienda. Estas modificaciones buscan adaptar los procesos a las disposiciones vigentes y mejorar la eficiencia en la gestión presupuestaria. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de procedimiento**: Se introduce una nueva disposición adicional tercera en la Orden HFP/147/2022 para regular el tramitación de transferencias de crédito entre secciones del Ministerio de Hacienda. ⚠️ **Nuevas obligaciones**: Los Departamentos Ministeriales deben formular memorias justificativas de sus necesidades, y la Dirección General de Presupuestos debe incorporar documentos de retención de crédito. 📋 **Procedimiento específico**: En expedientes que afecten a más de dos secciones, se sustituye el informe de la intervención delegada por el de la Intervención General. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAC/372/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 25 de abril de 2024 - **Materias**: Presupuestos, tramitación de expedientes, transferencias de crédito, Mecanismo de Recuperación y Resiliencia - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/372/2024, las normas estatales y autonómicas regulaban de forma dispersa la tramitación de modificaciones presupuestarias y autorizaciones de gasto con cargo a ejercicios futuros, sin una coordinación clara entre las Comunidades Autónomas y el Estado. Esta norma introduce una regulación más homogénea y específica, adaptándose a los marcos legales europeos y nacionales, lo cual es relevante para garantizar la transparencia, la eficiencia y la coherencia en el uso de los recursos públicos, especialmente en contextos de crisis o programas de recuperación.

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