Real DecretoNacionalvigente

Auto de 23 de julio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que acuerda la adopción de la medida cautelar consistente en suspender cautelarmente la vigencia del Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, de 26 de septiembre, en materia de enseñanza (homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros).

BOE-A-2024-16048Publicada: 03/08/2024TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Auto de 23 de julio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que acuerd ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Tribunal Supremo suspende cautelarmente la vigencia del Real Decreto 366/2024, que amplía funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de homologación de títulos extranjeros. 2. **CONTEXTO** El auto se dicta en el marco de un recurso contencioso-administrativo presentado contra el Real Decreto 366/2024. La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha acordado medidas cautelares para suspender temporalmente su aplicación. La decisión se basa en la necesidad de garantizar el derecho a la defensa del recurrente y evitar daños irreparables. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El auto de 23 de julio de 2024, dictado por la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo, resuelve la suspensión cautelar de la vigencia del Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, que amplía funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de enseñanza, específicamente en la homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en sistemas de educación superior extranjeros. La medida cautelar se adopta en el marco del recurso contencioso-administrativo número 464/2024, que cuestiona la legalidad de dicho Real Decreto. La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en su parte dispositiva, acuerda tres puntos: primero, la suspensión cautelar de la vigencia del Real Decreto 366/2024; segundo, la determinación de la carga procesal en materia de costas, siguiendo lo establecido en el último fundamento de derecho; y tercero, la publicación del auto en el «Boletín Oficial del Estado». La suspensión cautelar se fundamenta en el derecho a la defensa del recurrente y en la necesidad de evitar daños irreparables derivados de la aplicación del Real Decreto 366/2024. Según el art. 607 del Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso-Administrativo (CPACA), la medida cautelar se adopta cuando se considera necesario para garantizar el derecho a la defensa o para evitar un perjuicio grave. En este caso, la Sala considera que la aplicación del Real Decreto 366/2024 podría afectar derechos fundamentales del recurrente, por lo que se suspende su vigencia temporalmente. Además, el auto establece que una vez firme la resolución, se llevará testimonio al proceso principal, lo cual es una práctica habitual en los recursos contencioso-administrativos para garantizar la continuidad del proceso. La decisión se firma por los magistrados D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva, Presidente; D. Luis María Díez-Picazo Giménez; D.ª María del Pilar Teso Gamella; D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo; y D. José Luis Requero Ibáñez. La medida cautelar no implica la anulación definitiva del Real Decreto 366/2024, sino una suspensión temporal que permitirá al órgano judicial analizar la legalidad del acto en el marco del proceso principal. Esta suspensión se considera una herramienta procesal para garantizar la justicia y la protección de los derechos de las partes involucradas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Supremo suspende temporalmente la vigencia del Real Decreto 366/2024 en materia de homologación de títulos extranjeros. La medida se adopta para garantizar el derecho a la defensa del recurrente y evitar daños irreparables. La decisión se publicará en el Boletín Oficial del Estado y se integrará en el proceso principal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Suspensión cautelar**: El Real Decreto 366/2024 queda suspendido temporalmente. ⚠️ **Derecho a la defensa**: La medida se adopta para garantizar el derecho del recurrente. 📋 **Procedimiento cautelar**: Se aplica el art. 607 del CPACA. ℹ️ **Publicación obligatoria**: El auto se publicará en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Auto del Tribunal Supremo - **Tipo**: Auto de medidas cautelares - **Fecha**: 23 de julio de 2024 - **Materias**: Derecho administrativo, educación, homologación de títulos, competencias autonómicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Supremo, Real Decreto 366/2024, medida cautelar, homologación de títulos, derecho a la defensa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 366/2024, las competencias en materia de homologación de títulos extranjeros en la Comunidad Autónoma del País Vasco estaban limitadas al marco establecido por el Real Decreto 2808/1980, que traspasó funciones educativas a las CCAA. Este nuevo decreto ampliaba dichas competencias, generando un conflicto con la normativa estatal y la UE, que establece principios de reconocimiento mutuo y equivalencia de títulos. La importancia de esta comparativa radica en la definición de límites entre la autonomía educativa de las CCAA y la normativa estatal y europea, afectando el derecho a la educación y la movilidad académica.

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