Real DecretoNacionalvigente

Auto de 23 de julio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que acuerda la adopción de la medida cautelar consistente en suspender cautelarmente la vigencia del Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, de 26 de septiembre, en materia de enseñanza (homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros).

BOE-A-2024-16046Publicada: 03/08/2024TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Auto de 23 de julio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que acuerd ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Tribunal Supremo suspende cautelarmente la vigencia del Real Decreto 366/2024, que amplía funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de homologación de títulos extranjeros. 2. **CONTEXTO** El auto se dicta en el marco de un recurso contencioso-administrativo presentado contra el Real Decreto 366/2024. La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en su Sección Cuarta, resuelve medidas cautelares para suspender temporalmente la aplicación de dicho Real Decreto. La decisión se publica en el Boletín Oficial del Estado el 23 de julio de 2024. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El auto de 23 de julio de 2024, dictado por la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo, resuelve la suspensión cautelar de la vigencia del Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, que amplía funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de enseñanza, específicamente en la homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en sistemas de educación superior extranjeros. La medida cautelar se dicta en el marco del recurso contencioso-administrativo número 470/2024, en el que se cuestiona la legalidad de dicho Real Decreto. La Sala acuerda suspender cautelarmente su vigencia, lo que implica que, hasta que se resuelva el recurso, el Real Decreto no tendrá efectos jurídicos. Además, se dispone que no se impongan costas al recurrente y que el auto se publique en el Boletín Oficial del Estado. La decisión se fundamenta en el derecho a la tutela judicial efectiva y en la necesidad de garantizar el debido proceso, según el artículo 24.1 de la Constitución Española. Asimismo, se aplica el artículo 134.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo general, que establece que las medidas cautelares pueden adoptarse para evitar perjuicios irreparables. La Sala considera que la suspensión cautelar es necesaria para proteger los derechos del recurrente y garantizar la correcta resolución del recurso. No se impone costas al recurrente, lo que refleja la valoración de la Sala sobre la gravedad de la situación y la necesidad de evitar un posible perjuicio económico. La publicación del auto en el Boletín Oficial del Estado se realiza conforme al artículo 142.1 de la Ley 39/2015, que establece que los autos de medidas cautelares deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado para garantizar su transparencia y accesibilidad. La decisión del Tribunal Supremo se fundamenta en el derecho a la libertad y seguridad, el derecho a la educación y el derecho a la igualdad, según los artículos 14, 23 y 37 de la Constitución Española. La Sala considera que la suspensión cautelar es necesaria para garantizar que el recurso se resuelva en condiciones justas y equitativas, sin que se produzca un perjuicio irreparable para el recurrente. La medida cautelar se adopta en el marco del derecho a la tutela judicial efectiva, según el artículo 24.1 de la Constitución, y se aplica el principio de legalidad, según el artículo 9.1 de la Constitución, que establece que las normas jurídicas deben ser observadas y respetadas por todos los ciudadanos. La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en su Sección Cuarta, dicta esta decisión con la firma de los magistrados Don Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente; Don Luis María Díez-Picazo Giménez; Doña María del Pilar Teso Gamella; Don Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo; y Don José Luis Requero Ibáñez. La decisión se publica en el Boletín Oficial del Estado el 23 de julio de 2024, según lo dispuesto en el artículo 142.1 de la Ley 39/2015. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Supremo suspende cautelarmente el Real Decreto 366/2024, que amplía funciones en materia de homologación de títulos extranjeros en el País Vasco. La medida se adopta para garantizar el debido proceso y evitar perjuicios irreparables. La decisión se publica en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Suspensión cautelar del Real Decreto 366/2024** ⚠️ **Cuestión sobre la legalidad del Real Decreto 366/2024** 📋 **Publicación en el Boletín Oficial del Estado** ℹ️ **No imposición de costas al recurrente** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Tribunal Supremo - **Tipo**: Auto de medidas cautelares - **Fecha**: 23 de julio de 2024 - **Materias**: Educación, homologación de títulos, derechos de los ciudadanos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 366/2024, las competencias en materia de homologación de títulos extranjeros en el País Vasco estaban reguladas por el Real Decreto 2808/1980, que establecía un marco estatal de traspaso de funciones a las Comunidades Autónomas. Este nuevo Real Decreto ampliaba dichas competencias, lo que generó controversia sobre su legalidad y compatibilidad con la normativa estatal y europea. La medida cautelar del Tribunal Supremo refleja la importancia de mantener un equilibrio entre la autonomía de las CCAA y la uniformidad en la aplicación de normas de la UE, especialmente en materia educativa, donde la homologación de títulos implica derechos y obligaciones transfronterizas.

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