Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAC/1223/2024, de 25 de octubre, por la que se actualizan las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda.

BOE-A-2024-23056Publicada: 07/11/2024Ministerio de Hacienda

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/1223/2024, de 25 de octubre, por la que se actualizan las sedes electr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial HAC/1223/2024 actualiza las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda, estableciendo su organización, funcionamiento y protocolo de adhesión para organismos públicos y entidades de derecho público. 2. **CONTEXTO** La Ley 40/2015 reconoce el derecho de los ciudadanos a utilizar medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Esto implica definir claramente las sedes electrónicas y su régimen jurídico. El Real Decreto 203/2021 regula las sedes electrónicas y su funcionamiento, estableciendo cómo se crean, qué actuaciones se pueden realizar y cómo se pueden adherir organismos públicos a estas sedes. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial HAC/1223/2024, de 25 de octubre de 2024, actualiza las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda, con el objetivo de garantizar su correcto funcionamiento y adaptación a la evolución tecnológica. Este orden establece que la sede electrónica central del Ministerio se ejercerá a través de la Subdirección General de Coordinación de la Información, Datos, Servicios Web y Transparencia. Además, define que el órgano competente del Organismo Público o Entidad de Derecho Público incorporado a la Sede Electrónica Central es el responsable de la gestión de los contenidos y servicios que haya puesto a disposición en la sede electrónica, correspondiendo la responsabilidad con las competencias que cada titular tenga atribuidas por la legislación vigente. El protocolo de adhesión se extiende a todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la identificación de la Administración Pública y, en su caso, la identificación o firma electrónica de las personas interesadas, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a la ciudadanía, que sean competencia del organismo adherido. Para acceder al uso de la aplicación, la entidad interesada debe cumplir con los siguientes requisitos: firmar electrónicamente el Protocolo de Adhesión para el uso del servicio y proporcionar los contenidos que les sean solicitados por la Subdirección General de Coordinación de la Información, Datos, Servicios Web y Transparencia, específicamente, la alta de los procedimientos y servicios en ACTUA-SIA y la edición de la información en el espacio del organismo integrado en la sede. La Subsecretaría proporcionará soporte a los interlocutores del organismo adherido a través de la Subdirección General de Coordinación de la Información, Datos, Servicios Web y Transparencia, con los correos electrónicos de contacto [email protected] y gestió[email protected]. Asimismo, se establece que se podrán actualizar, en cualquier momento, las especificaciones técnicas y de seguridad del servicio, atendiendo a la evolución tecnológica. Este orden se fundamenta en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. En particular, el artículo 38 de la Ley 40/2015 define la sede electrónica y su régimen jurídico, mientras que el artículo 9 del Real Decreto 203/2021 determina qué actuaciones y trámites podrán efectuarse mediante las sedes electrónicas, y el artículo 10 establece cómo pueden crearse sedes electrónicas asociadas. Además, el artículo 58 del Real Decreto 203/2021 permite que los organismos públicos y entidades de derecho público se adhieran voluntariamente a las sedes electrónicas, sin que se constituya como sede electrónica asociada. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial HAC/1223/2024 actualiza las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda, estableciendo su organización, funcionamiento y protocolo de adhesión. Se define el órgano responsable de su gestión y se establecen los requisitos para su incorporación. Se garantiza la adaptación a la evolución tecnológica y la mejora en la prestación de servicios a la ciudadanía. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de sedes electrónicas**: El orden establece la actualización y organización de las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda. ⚠️ **Protocolo de adhesión**: Los organismos públicos deben cumplir con requisitos específicos para adherirse a la sede electrónica. 📋 **Responsabilidad de los órganos**: Cada órgano adherido es responsable de la gestión de los contenidos y servicios que ofrece. ℹ️ **Soporte y contacto**: Se proporciona soporte técnico y se establecen correos electrónicos de contacto para la gestión de la sede. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial HAC/1223/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 25 de octubre de 2024 - **Materias**: Administración electrónica, sede electrónica, servicios públicos, transparencia, derecho electrónico - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/1223/2024, las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda estaban reguladas por el Real Decreto 203/2021, que establecía su creación, funcionamiento y adhesión por parte de organismos públicos. Esta norma se inscribía en el marco de la Ley 40/2015, que garantizaba el derecho de los ciudadanos a acceder a las Administraciones Públicas mediante medios electrónicos. La nueva orden mejora y actualiza este sistema, adaptándolo a la evolución tecnológica y a las necesidades actuales, lo cual es relevante para garantizar la eficiencia, transparencia y accesibilidad en la gestión pública, tanto a nivel estatal como en las Comunidades Autónomas y la Unión Europea.

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