Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAC/1167/2024, de 17 de octubre, por la que se modifican la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del I

BOE-A-2024-21961Publicada: 25/10/2024MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/1167/2024, de 17 de octubre, por la que se modifican la Orden EHA/3434 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/1167/2024 modifica los modelos 322 y 390 del Impuesto sobre el Valor Añadido para adaptarlos a la nueva estructura de tipos impositivos y recargos de equivalencia vigentes a partir de 1 de octubre de 2024. 2. **CONTEXTO** La Orden HAC/1167/2024 se emite en el marco del Real Decreto-ley 4/2024, que prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2024 los tipos impositivos reducidos para entregas de alimentos. Esta norma introduce cambios técnicos en los modelos de declaración del IVA para que se ajusten a la nueva configuración de tipos y recargos. La modificación busca garantizar la correcta aplicación de los nuevos regímenes fiscales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/1167/2024, de 17 de octubre de 2024, modifica dos órdenes anteriores: la Orden EHA/3434/2007 y la Orden EHA/3111/2009. El objetivo principal es actualizar los modelos 322 y 390 del Impuesto sobre el Valor Añadido para que puedan incluir los nuevos tipos impositivos y recargos de equivalencia vigentes. En concreto, el primer artículo modifica la Orden EHA/3434/2007, que aprueba los modelos 322 y 353 de autoliquidación mensual, así como el modelo 039 de comunicación de datos. Se sustituye el anexo I de dicha orden por el anexo I de la nueva norma, que incluye las casillas necesarias para los nuevos tipos impositivos y recargos de equivalencia. Esto se debe a que, tras la prorrogación de los tipos reducidos en el Real Decreto-ley 4/2024, se han introducido seis tipos impositivos y seis tipos de recargo de equivalencia, mientras que el modelo 322 solo permitía declarar cinco tipos impositivos y cuatro recargos. El segundo artículo modifica la Orden EHA/3111/2009, que aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA. Se sustituye el anexo I de esta orden por el anexo II, que permite la declaración de todos los tipos impositivos y recargos de equivalencia vigentes durante el ejercicio 2024. Esto se debe a que, durante el año 2024, se habían estado en vigor siete tipos impositivos y ocho tipos de recargo de equivalencia, mientras que el modelo 390 solo permitía declarar cinco tipos impositivos y seis recargos. La disposición final única establece que la orden entrará en vigor el 1 de noviembre de 2024. Se aplicará por primera vez al modelo 322 en la autoliquidación correspondiente a octubre de 2024, y al modelo 390 en la declaración-resumen anual correspondiente a 2024. La elaboración de esta orden se ha realizado conforme a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/1167/2024 actualiza los modelos de declaración del IVA para adaptarlos a los nuevos tipos impositivos y recargos de equivalencia vigentes. La modificación garantiza la correcta aplicación del régimen fiscal y la transparencia en la declaración de obligaciones tributarias. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones técnicas**: Se actualizan los modelos 322 y 390 para incluir nuevos tipos impositivos y recargos de equivalencia. ⚠️ **Nuevos tipos**: A partir de 1 de octubre de 2024, se aplican seis tipos impositivos y seis tipos de recargo de equivalencia. 📋 **Fecha de entrada en vigor**: La orden entra en vigor el 1 de noviembre de 2024. ℹ️ **Aplicación**: El modelo 322 se aplica a la autoliquidación de octubre de 2024, y el modelo 390 a la declaración-resumen anual de 2024. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAC/1167/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 17 de octubre de 2024 - **Materias**: Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos de declaración, tipos impositivos, recargos de equivalencia - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/1167/2024, los modelos 322, 353 y 039 del IVA seguían la estructura fiscal vigente antes de la entrada en vigor de los nuevos tipos impositivos y recargos de equivalencia a partir de 1 de octubre de 2024. Esta norma, emitida en el marco del Real Decreto-ley 4/2024, adapta estos modelos a la nueva configuración fiscal, reflejando cambios en las tarifas aplicables. A nivel comparativo, estas modificaciones son relevantes para las Comunidades Autónomas y el Estado, ya que garantizan la homogeneidad en la aplicación del IVA, evitando discrepancias entre los distintos entes territoriales y facilitando la cumplimentación correcta de las obligaciones fiscales.

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