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Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se actualiza la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos.

BOE-A-2024-21592Publicada: 22/10/2024MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el M ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 15 de octubre de 2024 actualiza la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos, estableciendo su contenido, servicios, medios para la formulación de quejas y sugerencias, normativa aplicable y condiciones de eficacia. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se enmarca en el marco legal del acceso electrónico a los servicios públicos, regulado por la Ley 40/2015 y el Real Decreto 203/2021. El objetivo es adaptar la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos a las normas vigentes sobre funcionamiento electrónico del sector público. La sede electrónica debe cumplir con principios de transparencia, accesibilidad y seguridad, garantizando la identificación del órgano titular y los medios para la formulación de quejas y sugerencias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece la actualización de la sede electrónica del Comisionado, regulada por el marco normativo del acceso electrónico a los servicios públicos. La sede electrónica se define en el artículo 38.1 de la Ley 40/2015, como una dirección electrónica gestionada por una Administración Pública o entidades de Derecho Público, con la finalidad de facilitar el acceso a los ciudadanos a los servicios públicos. Según el artículo 38.3 de la misma ley, cada Administración Pública debe determinar las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas, respetando principios como transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad. Además, debe garantizarse la identificación del órgano titular y los medios para la formulación de sugerencias y quejas. El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, regula el funcionamiento de las sedes electrónicas y establece que las sedes electrónicas existentes en la Administración General del Estado pasan a tener naturaleza de sedes electrónicas asociadas de la sede electrónica de la Administración General del Estado, que es la sede del Punto de Acceso General electrónico (PAGe). La sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos debe disponer del contenido y servicios previstos en el artículo 11 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021. Además, debe incluir un procedimiento para la formulación de quejas y sugerencias, con medios disponibles como la presentación electrónica en la sede electrónica o presencialmente en el Registro General del Comisionado en Madrid. No se consideran medios para la formulación de quejas y sugerencias los servicios de asesoramiento electrónico para la utilización de la sede electrónica, aunque el Comisionado debe atender los problemas que susciten los ciudadanos cuando exista obligación de hacerlo. La sede electrónica debe contener la normativa general relativa a la tramitación electrónica de los procedimientos y las resoluciones y circulares del Comisionado cuando se refieran a las materias reguladas en esta resolución. La eficacia de la resolución se produce desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma se ajusta a los principios de transparencia, accesibilidad y seguridad, garantizando el derecho de los ciudadanos a acceder a los servicios públicos y a formular quejas y sugerencias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución actualiza la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos, alineándola con el marco legal vigente. Establece los medios para la formulación de quejas y sugerencias, la normativa aplicable y la eficacia de la sede electrónica. La norma garantiza el acceso electrónico a los servicios públicos, respetando los principios de transparencia y accesibilidad. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de la sede electrónica**: La resolución establece la actualización de la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos, alineándola con el marco legal vigente. ⚠️ **Medios para la formulación de quejas y sugerencias**: Se establecen medios electrónicos y presenciales para la formulación de quejas y sugerencias, garantizando el derecho de los ciudadanos. 📋 **Normativa y resoluciones**: La sede electrónica debe incluir la normativa general y las resoluciones del Comisionado cuando se refieran a las materias reguladas. ℹ️ **Eficacia de la resolución**: La resolución surte efecto desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 15 de octubre de 2024 - **Materias**: Derecho administrativo, acceso electrónico a los servicios públicos, sede electrónica - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos no estaba alineada con las normas vigentes sobre acceso electrónico a los servicios públicos, como la Ley 40/2015 y el Real Decreto 203/2021. En el contexto de las CCAA, la normativa estatal y la UE, la transparencia, accesibilidad y seguridad en la gestión digital son principios clave. Esta actualización importa porque asegura que el Comisionado cumpla con los estándares de eficacia y transparencia exigidos a nivel estatal y europeo, mejorando la participación ciudadana y la gestión electrónica del sector.

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