Resolución de 17 de enero de 2025, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 17 de enero de 2025, de la Presidencia del Comisionado para el Mer ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, según la normativa vigente. 2. **CONTEXTO** La Resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Se establece que los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco deben ser publicados anualmente. La presente resolución establece los precios de venta al público de distintas marcas y tipos de tabaco, incluyendo cigarrillos, cigarros, cigarritos y picaduras de pipa, en el territorio de la Península e Illes Balears. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 17 de enero de 2025, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que establece que los precios de venta al público de las labores de tabaco deben ser publicados anualmente por el órgano competente. La resolución detalla los precios de venta al público de distintas marcas y tipos de tabaco, incluyendo cigarrillos, cigarros, cigarritos y picaduras de pipa. En el caso de los **cigarrillos**, se establecen precios que oscilan entre 4,40 y 5,35 euros por cajetilla, según la marca y el tipo. Por ejemplo, el **Denim Blue American Blend (20)** tiene un PVP de 4,50 euros, mientras que el **West Brooklyn Rojo Duro (22)** tiene un PVP de 5,35 euros. En cuanto a los **cigarros y cigarritos**, se detallan precios por unidad, con marcas como **ADRIA** y **NEOS**. Por ejemplo, el **Mini Java (el envase de 20)** tiene un PVP de 4,60 euros, mientras que el **Mini Java (el envase de 50)** tiene un PVP de 16,00 euros. Para las **picaduras de pipa**, se establecen precios de 3,50 euros por unidad, independientemente de la marca o el tipo, como en el caso de **Drugoy Smoke B Chill (50 g)** o **Drugoy Smoke Zitricola (50 g)**. La resolución establece que los precios incluyen los diferentes tributos aplicables. Además, se indica que la presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma tiene una finalidad informativa y reguladora, ya que establece los precios que deben aplicarse en el mercado de tabaco, garantizando la transparencia y la uniformidad en la venta al público. No establece nuevas obligaciones ni derechos, sino que refleja la aplicación de la normativa vigente en materia de precios de tabaco. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece los precios de venta al público de distintas labores de tabaco, según la normativa vigente. Los precios incluyen tributos y se aplican en Expendedurías de Tabaco y Timbre. La norma entra en vigor el día de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de precios**: Se establecen los precios de venta al público de distintas labores de tabaco. ⚠️ **Aplicación normativa**: Los precios se basan en el artículo 4 de la Ley 13/1998. 📋 **Ámbito territorial**: Se aplican en la Península e Illes Balears. ℹ️ **Vigencia**: La resolución entra en vigor el día de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 17 de enero de 2025 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, normativa tributaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, los precios de venta al público de las labores de tabaco estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, sin diferenciación entre comunidades autónomas. Esta norma introduce una regulación más específica, aplicable a las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, estableciendo precios uniformes en la Península e Illes Balears. Importa porque refleja una mayor coordinación entre el ámbito estatal y las CCAA, al tiempo que mantiene la supervisión del mercado de tabaco bajo el marco de la UE, garantizando la uniformidad y la aplicación coherente de las normas en el territorio nacional.