Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 100/2025, de 18 de febrero, por el que se desarrollan la regulación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social y los informes de evaluación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.

BOE-A-2025-3188Publicada: 19/02/2025Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 100/2025, de 18 de febrero, por el que se desarrollan la regulación ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 100/2025 desarrolla la regulación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social y establece los informes de evaluación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, reemplazando normativas anteriores y adaptándose a nuevas medidas de sostenibilidad financiera. 2. **CONTEXTO** Este real decreto se enmarca en la reforma del sistema de la Seguridad Social, especialmente en la regulación del Fondo de Reserva y en la implementación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional. La norma sustituye el Real Decreto 337/2004 y se ajusta a la Ley 21/2021 y a la Ley 31/2022, que modificaron aspectos clave del sistema de pensiones y de la financiación del sistema. El objetivo es garantizar la sostenibilidad del sistema y equilibrar las cargas entre generaciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 100/2025 tiene como objeto principal el desarrollo de la regulación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, contenida en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSocial), aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Este real decreto sustituye al Real Decreto 337/2004, que desarrollaba la Ley 28/2003, derogada por el mismo Real Decreto Legislativo 8/2015. El real decreto introduce modificaciones en el régimen del Fondo de Reserva, incluyendo la incorporación de un nuevo mecanismo de financiación: el 80% del excedente derivado de la gestión de la protección respecto de las contingencias profesionales realizada por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social se ingresará en el Fondo de Reserva. Este mecanismo se establece en el artículo 96.1.d) del TRLGSocial, modificado por la Ley 31/2022. Además, el real decreto establece que, en caso de que no exista un proyecto de ley vigente que regule el Mecanismo de Equidad Intergeneracional el 1 de enero del año siguiente, se aplicará un incremento en la cotización de dicho mecanismo. Este incremento se calcula como dos décimas partes del exceso de gasto neto estimado en pensiones durante el primer año y dos décimas partes en cada año posterior hasta que se adopten nuevas medidas o se corrija el exceso de gasto. El real decreto incluye una disposición derogatoria única que deroga el Real Decreto 337/2004 y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a su contenido. También establece una disposición final primera que fundamenta el dictado del real decreto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de régimen económico de la Seguridad Social. En cuanto a la habilitación normativa, el real decreto faculta a los Ministerios de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; de Economía, Comercio y Empresa y de Hacienda, para dictar disposiciones necesarias para su ejecución. Finalmente, establece que el real decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El real decreto se publicó en el BOE el 18 de febrero de 2025, y su entrada en vigor se produce al día siguiente. Su redacción refleja una adaptación al nuevo marco normativo de la Seguridad Social, con especial énfasis en la sostenibilidad financiera y la equidad intergeneracional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 100/2025 desarrolla el régimen del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, sustituyendo normativas anteriores y adaptándose a nuevas medidas de sostenibilidad. Establece mecanismos de financiación y de equidad intergeneracional, y se publicó en el BOE el 18 de febrero de 2025. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del Fondo de Reserva**: Se desarrolla el régimen del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, sustituyendo al Real Decreto 337/2004. ⚠️ **Mecanismo de Equidad Intergeneracional**: Se establece un incremento en la cotización si no hay proyecto de ley vigente, con compensación progresiva. 📋 **Derogación normativa**: Se derogó el Real Decreto 337/2004 y disposiciones contrarias. ℹ️ **Entrada en vigor**: El real decreto entró en vigor el 19 de febrero de 2025. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 100/2025 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 18 de febrero de 2025 - **Materias**: Seguridad Social, Fondo de Reserva, Mecanismo de Equidad Intergeneracional, Sostenibilidad financiera - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 100/2025, la regulación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social se encontraba en el Real Decreto 337/2004, que desarrollaba la Ley 28/2003, derogada por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Este nuevo real decreto sustituye a dichas normas y se alinea con la Ley 21/2021 y la Ley 31/2022, que introdujeron reformas en la financiación del sistema de pensiones y la equidad intergeneracional. La importancia de esta norma radica en su papel para garantizar la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social y adaptar su funcionamiento a nuevas exigencias de estabilidad financiera, tanto a nivel estatal como en el marco de la Unión Europea.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →