Sentencia de 19 de marzo de 2025, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2808/1980, de 26 de septiembre, en materia de enseñanza (homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros).
¿Qué dice esta ley?
**Qué es** El Tribunal Supremo ha anulado una decisión del Gobierno de 2024 que trasladaba a Euskadi la competencia para validar títulos universitarios extranjeros. En concreto, invalida la norma que pretendía que la Comunidad Autónoma asumiera las funciones de homologación y reconocimiento de equivalencia de diplomas obtenidos fuera de España en sistemas de educación superior. **A quién afecta** Afecta directamente a personas que han estudiado en universidades extranjeras y quieren que sus títulos sean reconocidos en España. También impacta a la administración española (que mantiene estas competencias) y al Gobierno Vasco, que no podrá asumir estas funciones como se pretendía. **Qué cambia** La decisión restaura que sea el Estado español —no las comunidades autónomas— quien controle el proceso de homologación de títulos extranjeros. Esto garantiza criterios uniformes en todo el país para validar diplomáticos obtenidos internacionalmente, evitando que cada región tuviera normas distintas. **Cuándo entra en vigor** La sentencia es de 19 de marzo de 2025 y tiene efecto inmediato. El Real Decreto 366/2024 queda sin validez jurídica desde su anulación.
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de marzo de 2025, la Comunidad Autónoma del País Vasco había asumido, mediante el Real Decreto 2808/1980, la competencia para homologar títulos universitarios extranjeros, en contraste con el modelo estatal que, hasta entonces, mantenía el control sobre este ámbito. Esta decisión del Tribunal Supremo revierte dicha transferencia, reafirmando la competencia estatal en materia de homologación de títulos extranjeros, lo cual importa porque garantiza uniformidad en el reconocimiento académico a nivel nacional, evitando disparidades entre las comunidades autónomas.