Real DecretoNacionalvigente

Orden HAC/738/2025, de 27 de junio, de modificación del procedimiento y modelos contenidos en la Orden de 24 de mayo de 2001, por la que se establecen los límites de las franquicias y exenciones en régimen diplomático, consular y de Organismos Internacionales a que se refiere la disposición final primera del Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre.

BOE-A-2025-14454Publicada: 14/07/2025MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Cambios en las exenciones aduanales para diplomáticos y organismos internacionales** El Ministerio de Hacienda actualiza los trámites y formularios que permiten que diplomáticos, empleados consulares (personal de embajadas y consulados) y funcionarios de organismos internacionales traigan bienes al país sin pagar aranceles o impuestos. Básicamente, se moderniza cómo se solicitan y se conceden estos beneficios especiales. Afecta directamente a embajadores, cónsules, personal diplomático destacado en España, trabajadores de organismos como la ONU o la UE con sede aquí, y también a sus familiares cuando importan enseres personales. Las aduanas españolas y el Ministerio de Hacienda también deben aplicar estos nuevos procedimientos. Lo concreto: se revisan qué límites de cantidad y valor tienen esas exenciones, se actualizan los formularios para solicitarlas (que eran de 2001, hace más de 20 años), y probablemente se agilizan los trámites administrativos. Quién quiera traer muebles, equipos o bienes personales con beneficios diplomáticos tendrá un proceso más claro y actualizado. Entra en vigor el 27 de junio de 2025. Es una adaptación técnica para que los procedimientos funcionen mejor en la práctica actual.

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/738/2025, las exenciones aduanales para diplomáticos, organismos internacionales y personal consular se regulaban bajo un marco establecido en 2001, con procedimientos y formularios obsoletos. Esta norma introduce cambios para alinear los trámites con la realidad actual, mejorando la claridad y eficiencia. En comparación con el régimen estatal y la UE, la norma española refleja una adaptación más específica a las necesidades internas, aunque mantiene principios similares a los de la UE en cuanto a límites de valor y cantidad. La actualización es relevante para garantizar que los procedimientos sean aplicables en el contexto actual, facilitando la importación de bienes sin pagar impuestos a quienes los merecen.

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