Resolución de 30 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de marzo de 2026, por el que se establece el catálogo de acuíferos compartidos entre demarcaciones hidrográficas.
¿Qué dice esta ley?
**Acuíferos compartidos entre demarcaciones: qué necesitas saber** El Gobierno ha creado un listado oficial de acuíferos (depósitos subterráneos de agua) que atraviesan los límites entre diferentes zonas de gestión hídrica. Hasta ahora no había claridad sobre cuáles eran compartidos y cómo gestionarlos conjuntamente. Este catálogo lo soluciona identificándolos de forma oficial. Afecta principalmente a administraciones de agua, gobiernos autonómicos y locales, así como a agricultores y empresas que dependen de estos recursos. Cualquier ciudadano que use agua de pozo también está implicado indirectamente, especialmente en zonas rurales. A partir de ahora, los organismos responsables del agua tendrán que coordinar las decisiones sobre estos acuíferos compartidos. Esto evita que una región extraiga agua sin considerar el impacto en la vecina, mejora la protección contra la contaminación y facilita repartir equitativamente este recurso escaso. El catálogo es la herramienta que pone orden en la gestión conjunta. Entra en vigor desde que se publica esta resolución en marzo de 2026. Las autoridades tendrán que usarlo como referencia obligatoria para cualquier decisión sobre estos acuíferos a partir de esa fecha.
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2026, no existía un catálogo oficial que identificara los acuíferos compartidos entre demarcaciones hidrográficas, lo que generaba incertidumbre en su gestión. Esta norma establece un marco claro, similar a los acuerdos internacionales y estatales que regulan recursos compartidos, pero adaptado al contexto español. Es importante porque garantiza una gestión coordinada, evita conflictos entre comunidades autónomas y mejora la sostenibilidad del agua subterránea, un recurso crítico en muchos territorios.