Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APA/779/2025, de 11 de julio, por la que se establece una zona de veda en los montes coralinos de Cabliers, en el mar de Alborán.

BOE-A-2025-15207Publicada: 22/07/2025Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

**Cierran una zona de pesca en el mar de Alborán para proteger los corales** Se prohíbe la pesca y cualquier actividad extractiva en los montes coralinos de Cabliers, una área submarina estratégica del mar de Alborán. Es una medida de protección ambiental que cierra temporalmente este espacio marino. Afecta principalmente a pescadores profesionales y empresas de pesca que operan en esa zona del Mediterráneo. También impacta indirectamente a comerciantes de pescado y consumidores que dependen de esa actividad, aunque la medida busca garantizar la sostenibilidad a largo plazo. La veda prohíbe explícitamente actividades de pesca comercial, de arrastre (redes que barren el fondo marino) y cualquier extracción de recursos. Se establecen límites geográficos precisos donde estas acciones quedan prohibidas. Esto permite que los arrecifes coralinos —ecosistemas frágiles y fundamentales— se recuperen sin perturbación. Entra en vigor desde el 11 de julio de 2025. La orden especificará si es una veda temporal (por ejemplo, tres años) o permanente, información que aparecerá en su texto completo.

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden APA/779/2025, las normativas de protección marítima en el mar de Alborán se regían principalmente por normas estatales y de las Comunidades Autónomas, con alcance limitado y coordinación escasa. La Orden establece una veda específica en los montes coralinos de Cabliers, marcando un avance en la regulación ambiental a nivel estatal. Esta medida importa porque refleja un enfoque más integrado y coordinado para la conservación de ecosistemas marinos frágiles, priorizando la sostenibilidad frente a intereses económicos, lo que podría influir en futuras políticas de gestión marítima a nivel europeo.

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