Orden TED/803/2024, de 26 de julio, sobre las tarifas del área española del Registro de Derechos de Emisión de la Unión Europea en el marco de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TED/803/2024, de 26 de julio, sobre las tarifas del área española del Regi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden TED/803/2024 establece las tarifas aplicables al Registro de Derechos de Emisión de la Unión Europea (Registro de la Unión) en el ámbito nacional español, según la Ley 1/2005. 2. **CONTEXTO** El Registro de la Unión se encarga de la gestión de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, tanto del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea (RCDE UE) como del Registro Nacional de Kioto. El presente orden regula las tarifas asociadas a las cuentas en este registro, incluyendo apertura, mantenimiento y otros conceptos relacionados. La norma se aplica en el marco de la Directiva 2003/87/CE y el Reglamento (UE) n.º 389/2013. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden TED/803/2024, de 26 de julio de 2024, establece las tarifas aplicables al Registro de Derechos de Emisión de la Unión Europea (Registro de la Unión) en el ámbito nacional español, conforme a la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. El texto normativo define las tarifas asociadas a distintas cuentas en el Registro de la Unión, incluyendo las de emisiones verificadas, comercio, garantía de entrega mediante subasta, y cuentas en el Registro Kioto nacional. En primer lugar, se establecen las tarifas para la **cuenta de emisiones verificadas**. Para el **mes de octubre del año de devengo**, la tarifa es de **13.500 euros por cuenta y año**, salvo para instalaciones, operadores aéreos, operadores marítimos y entidades reguladas cuyo volumen de emisiones verificadas del año anterior sea inferior a **25.000 toneladas equivalentes de dióxido de carbono**, que quedan exentas del pago. A continuación, se detallan las tarifas para la **cuenta de comercio**. La **apertura de cuenta** tiene una tarifa de **805 euros**, que se paga previo a su apertura. El **mantenimiento de cuenta** tiene una tarifa anual de **1.150 euros**, a pagar en el **mes de octubre del año siguiente al de devengo**, salvo en el año de apertura, que se abona junto con la tarifa de apertura. Para la **cuenta de garantía de entrega mediante subasta**, la **apertura de cuenta** también tiene una tarifa de **1.150 euros**, y el **mantenimiento de cuenta** es igualmente de **1.150 euros**, a pagar en el **mes de octubre del año de devengo**, salvo en el año de apertura, que se abona junto con la tarifa de apertura. Por último, se establecen las tarifas para las **cuentas en el Registro Kioto nacional**. La **apertura de cuenta** tiene una tarifa de **805 euros**, y el **mantenimiento de cuenta** una tarifa anual de **285 euros**, a pagar en el **mes de octubre del año de devengo**, salvo en el año de apertura, que se abona junto con la tarifa de apertura. Estas tarifas se aplican a todas las entidades y operadores que participen en el Registro de la Unión, y su cumplimiento es obligatorio para garantizar el correcto funcionamiento del sistema de comercio de derechos de emisión. La norma se enmarca en el marco legal europeo, incluyendo la Directiva 2003/87/CE y el Reglamento (UE) n.º 389/2013, que regulan el RCDE UE y el Registro de la Unión. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden TED/803/2024 establece las tarifas para el Registro de Derechos de Emisión de la Unión Europea en España, aplicables a distintas cuentas. Las tarifas varían según el tipo de cuenta y su mantenimiento. La norma se aplica en el marco de la regulación europea del comercio de derechos de emisión. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Tarifas por apertura y mantenimiento de cuentas** en el Registro de la Unión. ⚠️ **Exenciones para ciertos operadores** con emisiones inferiores a 25.000 toneladas. 📋 **Fecha de pago** de las tarifas en el mes de octubre del año correspondiente. ℹ️ **Regulación en el marco de la Directiva 2003/87/CE y el Reglamento (UE) n.º 389/2013**. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España) - **Fuente**: Orden TED/803/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de julio de 2024 - **Materias**: Cambio climático, comercio de derechos de emisión, Registro de Derechos de Emisión, tarifas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden TED/803/2024, las tarifas para el Registro de Derechos de Emisión de la Unión Europea en España no estaban reguladas con claridad, lo que generaba incertidumbre en el marco de la Directiva 2003/87/CE y el Reglamento (UE) n.º 389/2013. Esta norma establece un marco uniforme para las tarifas aplicables a cuentas en el Registro de la Unión, comparándose con las normativas estatales y de la UE, que hasta ahora habían sido fragmentadas. La importancia de esta regulación radica en su impacto en el comercio de derechos de emisión, la transparencia y la eficiencia del sistema de mercado de carbono en España, alinear con los estándares comunitarios.