Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APM/532/2018, de 25 de mayo, por la que se regula la pesca de gamba rosada (Aristeus antennatus) con arte de arrastre de fondo en determinadas zonas marítimas próximas a Palamós.

BOE-A-2018-7015Publicada: 26/05/2018Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden APM/532/2018, de 25 de mayo, por la que se regula la pesca de gamba rosada ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden APM/532/2018 establece normas específicas para la pesca de gamba rosada con arte de arrastre de fondo en zonas marítimas próximas a Palamós, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad de la especie y la conservación de los ecosistemas marinos. 2. **CONTEXTO** La Orden APM/532/2018 se inscribe en el marco del Reglamento (CE) n.º 1967/2006, que busca una gestión sostenible de los recursos pesqueros en el Mediterráneo. Este reglamento exige a los Estados miembros la elaboración de planes de gestión plurianuales. La Orden AAA/2008/2012, prorrogada mediante la Orden APM/1322/2017, establece medidas para la conservación de recursos pesqueros afectados por ciertos métodos de pesca. La Orden APM/532/2018 complementa este marco con normas específicas para la gamba rosada en zonas concretas de Palamós. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden APM/532/2018, de 25 de mayo de 2018, regula la pesca de gamba rosada (Aristeus antennatus) con arte de arrastre de fondo en zonas marítimas próximas a Palamós. Esta norma se fundamenta en el Reglamento (CE) n.º 1967/2006, que establece un marco de gestión para la protección estricta de especies marinas y la conservación de hábitats naturales (art. 19). Según este reglamento, los Estados miembros deben elaborar planes de gestión plurianuales para ciertas modalidades pesqueras. La Orden AAA/2008/2012, prorrogada mediante la Orden APM/1322/2017, establece medidas técnicas para la conservación de recursos pesqueros, entre ellas la posibilidad de revisar la legislación vigente si no se alcanzan los objetivos fijados (art. 15, apartado 2.c). La Orden APM/532/2018 establece que la pesca de gamba rosada se realizará exclusivamente en zonas específicas definidas geográficamente, con coordenadas exactas en el Sistema ETRS89. Estas zonas incluyen áreas denominadas "Llevant 1" a "Llevant 6" y la Zona G "La Malica", que se delimitan mediante coordenadas precisas. La norma establece que la pesca se realizará en profundidades comprendidas entre 300 y 1.000 metros, y que solo podrá practicarse con una flota específica y en áreas muy concretas. Además, la Orden establece que la pesca de gamba rosada se regirá por normas complementarias que no pueden incluirse en el Plan de Gestión Integral, debido a su carácter muy específico, estacional o de ámbito local. Estas normas complementarias se consideran necesarias para reforzar la eficacia del marco general de gestión. La Orden también establece que la pesca de gamba rosada se realizará bajo condiciones que garanticen la sostenibilidad de la especie, evitando la sobreexplotación y protegiendo los ecosistemas marinos. Estas condiciones incluyen limitaciones en la intensidad de la pesca, el tamaño de las redes, el periodo de pesca y la ubicación de las zonas de pesca. En cuanto a la aplicación, la Orden APM/532/2018 se aplica a la flota específica que opera en estas zonas, y su cumplimiento se supervisa por las autoridades competentes. La norma también establece que cualquier cambio en las condiciones de pesca deberá ser comunicado a las autoridades competentes y sometido a evaluación previa. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden APM/532/2018 regula la pesca de gamba rosada en zonas concretas de Palamós, con el objetivo de garantizar su sostenibilidad. Se basa en normas europeas y nacionales que exigen una gestión estricta de los recursos pesqueros. La norma establece límites geográficos, profundidades y condiciones técnicas específicas para la pesca. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación específica**: La orden establece normas detalladas para la pesca de gamba rosada en zonas concretas de Palamós. ⚠️ **Sostenibilidad**: Se busca garantizar la conservación de la especie y los ecosistemas marinos. 📋 **Zonas definidas**: Se establecen coordenadas exactas para delimitar las áreas de pesca. ℹ️ **Normas complementarias**: Se requieren normas adicionales para gestionar pesquerías específicas y estacionales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España) - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 25 de mayo de 2018 - **Materias**: Pesca, conservación marina, regulación de especies, gestión sostenible - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: gamba rosada, pesca sostenible, zonas marítimas, regulación pesquera, Orden APM/532/2018 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden APM/532/2018, la pesca de gamba rosada en el Mediterráneo estaba regulada por el Reglamento (CE) n.º 1967/2006, que establecía un marco general de gestión sostenible, y por normativas estatales como la Orden AAA/2008/2012, que se prorrogó en 2017. La Orden APM/532/2018 introduce medidas específicas para zonas cercanas a Palamós, reflejando una adaptación más precisa a las condiciones locales. Esta norma importa porque busca equilibrar la actividad pesquera con la conservación de la especie y el ecosistema, alineándose con los objetivos de la UE y respondiendo a la necesidad de políticas más eficaces en la región.

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