Orden APM/605/2018, de 1 de junio, por la que se establece un plan de gestión y recuperación para la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden APM/605/2018, de 1 de junio, por la que se establece un plan de gestión y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden APM/605/2018 establece un plan de gestión y recuperación para la sardina ibérica en las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar, con el objetivo de garantizar su sostenibilidad y evitar su declive. 2. **CONTEXTO** La sardina ibérica está en un estado preocupante debido al declive de su biomasa de reproductores, que se encuentra en niveles mínimos históricos. A pesar de un plan previo aplicado entre 2014 y 2016, los datos muestran que el stock sigue por debajo de la biomasa de seguridad (Blim). La Orden APM/605/2018 se enmarca en el marco del Reglamento (UE) n.º 1380/2013 y la Ley 3/2001, que permiten la regulación de la pesca para la conservación de recursos marinos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden APM/605/2018, dictada por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, establece un plan de gestión y recuperación para la sardina ibérica (Sardina pilchardus) en las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM). Este plan se fundamenta en el Reglamento (UE) n.º 1380/2013, que establece la Política Pesquera Común, y en la Ley 3/2001, que otorga al Ministerio la competencia para dictar normas de conservación y mejora de recursos pesqueros. La Orden establece un sistema de observación científica a bordo de los buques de cerco, permitiendo un seguimiento adecuado de la pesquería. La Secretaría General de Pesca podrá designar, en coordinación con el sector, los buques que deberán embarcar observadores científicos. En caso de no haber voluntarios, podrá designarlos de oficio. En cuanto a la cuota de captura, se establece una captura total para España y Portugal en 2018 de 14.600 toneladas, correspondiendo a España 4.891 toneladas, con una mortalidad por pesca de 0,10. Esta cuota se fija en función del estado de la biomasa, que se encuentra por debajo del límite de seguridad mencionado en el punto 2 del artículo 4. La Resolución de 27 de abril de 2018, que establece disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica, permanece vigente hasta el 31 de diciembre de 2018. Se mantiene la limitación inicial de las capturas totales que puedan realizarse por la flota española hasta el 31 de julio de 2018, con su distribución entre flotas. La Orden se dicta al amparo del artículo 149.1.19.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de pesca marítima. La norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, surtiendo efectos desde el 27 de abril de 2018. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden APM/605/2018 establece un plan de gestión y recuperación para la sardina ibérica en el marco de la Política Pesquera Común y la Ley 3/2001. Establece cuotas de captura, un sistema de observación científica y mantiene la vigencia de la Resolución de 2018. La norma se dicta al amparo de la Constitución y entra en vigor el 27 de abril de 2018. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece un plan de gestión y recuperación para la sardina ibérica** en el marco de la Política Pesquera Común. ⚠️ **La biomasa de la sardina está por debajo del límite de seguridad**, lo que justifica la limitación de capturas. 📋 **Se fija una cuota total de 14.600 toneladas para España y Portugal en 2018**, correspondiendo a España 4.891 toneladas. ℹ️ **Se establece un sistema de observación científica a bordo de los buques de cerco** para un seguimiento adecuado de la pesquería. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden APM/605/2018 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 1 de junio de 2018 - **Materias**: Pesca marítima, recursos pesqueros, sostenibilidad, gestión de recursos marinos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden APM/605/2018, existían regulaciones estatales y comunitarias, como el Reglamento (UE) n.º 1380/2013, que establecía la Política Pesquera Común, y la Ley 3/2001, que otorgaba competencias al Estado para la gestión pesquera. Sin embargo, el plan previo entre 2014 y 2016 no logró revertir el declive de la sardina ibérica. La Orden de 2018 refleja una evolución hacia un marco más específico y adaptado a las necesidades de recuperación de esta especie, destacando la importancia de la coordinación entre niveles estatal, autonómico y europeo para garantizar la sostenibilidad de los recursos marinos.