Real DecretoNacionalvigente

Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.

BOE-A-2017-11532Publicada: 09/10/2017MINISTERIO DE ENERGÍA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 89 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 897/2017 regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, desarrollando el Real Decreto-ley 7/2016. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 7/2016 estableció un mecanismo de financiación del bono social y otras medidas de protección para los consumidores vulnerables. La disposición final segunda de dicho decreto-ley instaba al Gobierno a desarrollar su artículo 1 mediante un real decreto. Así, se aprobó el Real Decreto 897/2017, que desarrolla las medidas establecidas en el Real Decreto-ley 7/2016. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, desarrolla el Real Decreto-ley 7/2016, de 23 de diciembre, por el que se regula el mecanismo de financiación del coste del bono social y otras medidas de protección al consumidor vulnerable de energía eléctrica. Este real decreto establece la figura del consumidor vulnerable, definido como aquel que cumple con un umbral de renta referenciado al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), teniendo en cuenta el número de miembros de la unidad familiar. Además, se establecen circunstancias especiales que pueden incrementar el umbral de renta, como la discapacidad, la dependencia, o la situación de vulnerabilidad de algún miembro de la unidad familiar. El real decreto también establece el bono social, que se aplica a los consumidores vulnerables, y un bono social de mayor cuantía para los consumidores vulnerables severos, definidos con umbrales de renta más bajos. Dentro de los consumidores vulnerables severos, se crea la categoría de consumidores en riesgo de exclusión social, que son aquellos que, cumpliendo los umbrales de renta, por sus características especiales, están siendo atendidos por los servicios sociales de una comunidad autónoma o municipio. Para la aplicación del bono social, se requiere una certificación o acreditación emitida por el órgano competente, servicios sociales u órgano designado por la comunidad autónoma. Esta certificación debe indicar que el titular del contrato o alguno de los miembros de su unidad familiar se encuentra en una de las circunstancias especiales recogidas en el apartado 3 del artículo 3 del real decreto 897/2017. Además, se debe acreditar que estas circunstancias se han acreditado conforme al artículo 3 de la orden que desarrolla el real decreto 897/2017. El real decreto establece que la unidad familiar, para efectos de la aplicación del bono social, se define conforme a la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La unidad familiar puede ser la integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera, los hijos menores o los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente. En caso de separación legal o ausencia de vínculo matrimonial, la unidad familiar se compone del padre o la madre y los hijos que convivan con uno u otro, siempre que reúnan los requisitos de la regla 1.ª. Se establece que nadie puede formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. El real decreto también establece que el bono social se aplica a los consumidores vulnerables, incluyendo a los colectivos con derecho a su percepción independientemente de su nivel de renta. Además, se establecen mecanismos de financiación del bono social, que se regulan en el Real Decreto-ley 7/2016, y se detallan las condiciones para su aplicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 897/2017 desarrolla las medidas de protección para los consumidores vulnerables y establece el bono social. Define el consumidor vulnerable y establece criterios para su identificación, incluyendo circunstancias especiales y umbrales de renta. La aplicación del bono social requiere una certificación emitida por el órgano competente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Definición clara del consumidor vulnerable y sus umbrales de renta. ⚠️ Establecimiento de un bono social de mayor cuantía para los consumidores vulnerables severos. 📋 Requisito de certificación emitida por el órgano competente para la aplicación del bono social. ℹ️ Definición de la unidad familiar conforme a la Ley 35/2006. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 897/2017 - **Tipo**: Decreto - **Fecha**: 6 de octubre de 2017 - **Materias**: Energía eléctrica, protección del consumidor, vulnerabilidad, bono social - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la entrada en vigor del Real Decreto 897/2017, el marco normativo estatal ya contemplaba medidas de protección para los consumidores vulnerables, como el bono social, establecido en el Real Decreto-ley 7/2016. Sin embargo, este último solo establecía un mecanismo de financiación sin desarrollar las figuras concretas. La Orden ETU/943/2017, al desarrollar el Real Decreto 897/2017, introduce una regulación más detallada y específica, adaptándose a las necesidades de las Comunidades Autónomas y a la Unión Europea, donde existían ya normativas similares. Esta evolución es relevante porque permite una aplicación más eficaz y uniforme de las medidas de protección energética, especialmente para los hogares en situación de vulnerabilidad.

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