Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APM/763/2017, de 24 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de determinadas especies pelágicas.

BOE-A-2017-9326Publicada: 04/08/2017Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden APM/763/2017, de 24 de julio, por la que se establece el control de los de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden APM/763/2017 establece un régimen de control para los desembarques de más de 10 toneladas de especies pelágicas, con medidas de pesaje, inspección y sanción. 2. **CONTEXTO** La Política Pesquera Común busca la conservación de recursos marinos y su explotación sostenible. La Orden APM/763/2017 se enmarca en este marco, adaptando normas europeas a la legislación española. La Orden ARM/2017/2011 establecía controles específicos para ciertas especies, pero fue derogada por esta nueva norma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden APM/763/2017, publicada el 24 de julio de 2017, establece un régimen de control para los desembarques de más de 10 toneladas de especies pelágicas, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las normas de la Política Pesquera Común. Esta norma se fundamenta en el Reglamento (CE) n.º 1224/2009, que establece un régimen de control comunitario para garantizar el cumplimiento de las normas de la Política Común de Pesca, y en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2015/1962, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 404/2011, que establece las normas de desarrollo del Reglamento (CE) n.º 1224/2009. La Orden APM/763/2017 derogó la Orden ARM/2017/2011, que establecía controles específicos para arenque, caballa y jurel, y se aplica a todos los buques, independientemente de su bandera. En el artículo 5 se establece el **pesaje del pescado**, que debe realizarse en el momento del desembarque, antes de su primera venta, almacenamiento, transporte o reventa. El pesaje se hará constar en documentos como declaraciones de desembarque, notas de venta, declaraciones de recogida y documentos de transporte. Además, se establece que una vez finalizada la descarga, se comprobará que no queda pescado a bordo sujeto a las disposiciones de esta orden. En el caso de desembarques a granel de especies pelágicas no destinadas a fines industriales, se permite una deducción del peso total del 2 % por agua y hielo. En el artículo 6 se establecen las **infracciones y sanciones**, que se aplican conforme a lo dispuesto en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. El incumplimiento de las disposiciones de esta orden será sancionado con las medidas previstas en dicha ley. La Orden incluye una **disposición derogatoria única**, que deroga cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden, incluida la Orden ARM/2017/2011. También establece una **disposición final primera**, que indica que la orden se dicta al amparo del artículo 149.1.19.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de pesca marítima. Por último, se establece una **disposición final segunda**, que indica que la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma refleja la necesidad de un control estricto de los desembarques para garantizar la sostenibilidad de los recursos pesqueros, así como la aplicación de medidas de pesaje y verificación para evitar la falsificación de datos y el desvío de capturas. La norma también establece un marco legal claro para sancionar infracciones, lo que refuerza el cumplimiento de las normas de la Política Pesquera Común. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden APM/763/2017 establece un régimen de control para desembarques de más de 10 toneladas de especies pelágicas, con medidas de pesaje, inspección y sanción. Deroga la Orden ARM/2017/2011 y se aplica a todos los buques. Su entrada en vigor se produce al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Control de desembarques**: Se establece un régimen de control para desembarques de más de 10 toneladas de especies pelágicas. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogó la Orden ARM/2017/2011, que establecía controles específicos para arenque, caballa y jurel. 📋 **Medidas de pesaje**: El pesaje debe realizarse en el momento del desembarque, antes de su venta o transporte. ℹ️ **Sanciones**: El incumplimiento se sanciona conforme a la Ley 3/2001 de Pesca Marítima del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de julio de 2017 - **Materias**: Pesca marítima, control de desembarques, sanciones, normativa comunitaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden APM/763/2017, existían normas estatales como la Orden ARM/2017/2011, que establecía controles específicos para ciertas especies pelágicas. Sin embargo, estas normas no estaban alineadas con la Política Pesquera Común de la UE, que busca la sostenibilidad y la conservación de los recursos marinos. La Orden APM/763/2017 se alinea con el marco europeo, especialmente con el Reglamento (CE) n.º 1224/2009 y su ejecución, para garantizar un control más eficaz y homogéneo a nivel nacional y comunitario. Esta armonización es clave para cumplir con las obligaciones internacionales y asegurar la gestión sostenible de las pesquerías.

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