Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APM/660/2017, de 30 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas, y se define su delimitación y usos permitidos.

BOE-A-2017-8146Publicada: 12/07/2017Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden APM/660/2017, de 30 de junio, por la que se regula la reserva marina de Ca ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden APM/660/2017 establece la regulación de la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas, definiendo su delimitación y los usos permitidos, con especial atención a la actividad de buceo de recreo y la pesca. 2. **CONTEXTO** La reserva marina fue creada en 1995 con el objetivo de proteger una zona de alta biodiversidad. Ha sufrido modificaciones en 1999 y 2001. La necesidad de actualizar su regulación surge del crecimiento del turismo y la actividad de buceo. La Orden incorpora criterios de buceo responsable, basados en experiencias previas y en la mejora de la seguridad y la sostenibilidad. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden APM/660/2017, de 30 de junio de 2017, regula la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas, estableciendo su delimitación y los usos permitidos. Esta norma se fundamenta en la necesidad de actualizar y adaptar la regulación de la reserva marina, tras su creación en 1995 y las modificaciones en 1999 y 2001. La Orden establece un nuevo plan de gestión, con especial atención a la actividad de buceo de recreo y a la pesca. En cuanto a la actividad de buceo, la Orden incorpora los criterios de buceo responsable, que se han aplicado experimentalmente con buenos resultados en términos de seguridad y reducción del impacto ambiental. Estos criterios se publicarán en la página web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Además, se establecen parámetros técnicos para los buques que puedan formar parte del censo de buques autorizados, como eslora máxima de 11 metros, potencia máxima de 100 CV, GT máximo de 6 GT y número máximo de tripulantes de 3. La Orden también define las zonas de buceo, con el punto de buceo «Bajo de Fuera». Se establecen temporadas y cupos de inmersiones: en alta temporada (1 de junio a 30 de septiembre, incluyendo fines de semana hasta el 12 de octubre y Semana Santa), el máximo de inmersiones por día es de 30, con horario de 09:00 a 18:00. En baja temporada, el máximo es de 13 inmersiones al día, con horario de 10:00 a 16:00. Los guías de inmersiones no se cuentan en el cupo. La Orden también menciona la necesidad de actualizar y completar los criterios relativos al censo de buques, aunque no se incluyen en su totalidad en el texto publicado. La norma se enmarca dentro de un proceso de armonización y unificación de la normativa de las reservas marinas, con el objetivo de garantizar una gestión sostenible y equilibrada de los recursos marinos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden APM/660/2017 actualiza la regulación de la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas, incorporando criterios de buceo responsable y estableciendo parámetros técnicos para los buques autorizados. La norma busca garantizar la protección ambiental y la sostenibilidad de la actividad de buceo y pesca en la zona. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación actualizada**: Se establece un nuevo plan de gestión para la reserva marina. ⚠️ **Actividad de buceo**: Se incorporan criterios de buceo responsable con mejoras en seguridad y sostenibilidad. 📋 **Parámetros técnicos**: Se definen límites para los buques autorizados ( eslora, potencia, GT, tripulantes). ℹ️ **Cupos y temporadas**: Se establecen límites de inmersiones diarias según la temporada. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de junio de 2017 - **Materias**: Medio Ambiente, Pesca, Turismo, Protección de recursos marinos - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden APM/660/2017, la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas fue creada en 1995 y modificada en 1999 y 2001, sin un marco jurídico detallado que regulara su delimitación y usos permitidos. La norma estatal establece ahora un marco más claro y actualizado, respondiendo al crecimiento del turismo y la actividad de buceo. Este cambio es relevante porque refleja la evolución de la protección ambiental en el contexto de la Unión Europea, donde se promueve la sostenibilidad y la gestión responsable de los recursos marinos, contrastando con la regulación más generalizada y menos específica que existía previamente a nivel estatal.

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