Saltar al contenido principal
ResoluciónNacionalvigente

Entrada en vigor del Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Libanesa, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de Rumanía, hecho en Bruselas el 18 de junio de 2015.

BOE-A-2018-12999Publicada: 26/09/2018MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un protocolo que modifica el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y el Líbano. Fue firmado el 18 de junio de 2015 en Bruselas y su propósito es actualizar dicho acuerdo para incluir a Bulgaria y Rumanía, que se incorporaron a la Unión Europea con posterioridad al acuerdo original. **¿A quién afecta?** Afecta a los Estados miembros de la Unión Europea (incluyendo España), a la propia Unión Europea, y a la República Libanesa. Cualquier relación comercial o vinculada al acuerdo entre estos actores queda regulada bajo el nuevo protocolo desde su entrada en vigor. **¿Qué cambia o establece?** El protocolo entra en vigor definitivamente el 1 de agosto de 2018 para todos los firmantes. Esto finaliza la aplicación provisional que España y los demás había aplicado desde el 1 de enero de 2007, pasando ahora a la aplicación completa y permanente del protocolo.

💬 Contexto ciudadano

El Acuerdo de Asociación original entre la Unión Europea y el Líbano, anterior a 2004, requería actualización tras la adhesión de Bulgaria y Rumanía a la UE, creando un vacío normativo subsanado con aplicación provisional desde 2007. Este protocolo de 2015 sigue el modelo habitual para adaptar tratados internacionales a cambios en la composición comunitaria, similar a otros acuerdos euromediterráneos. Fue aprobado por todos los Estados miembros, incluyendo España, con entrada en vigor definitiva en agosto de 2018. Para el ciudadano español, garantiza continuidad y seguridad jurídica en relaciones comerciales, inversiones y cooperación con Líbano bajo el marco de asociación de la UE, evitando conflictos normativos en operaciones transfronterizas.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →